se aprueba el Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de la Asociación de Estados del Caribe, hecho en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, el 13 de diciembre de 1999 (Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de la Asociación de Estados del Caribe, hecho en la Ciudad) Colombia
Protocolo sobre Privilegios e Inmunidades de la Asociación de Estados del Caribe, hecho en la Ciudad de Panamá
- Artículo 1o. Definiciones
- Artículo 2o. Disposiciones generales
- Artículo 3o. Personalidad y capacidad jurídica de la asociación
- Artículo 4o. Locales, bienes y haberes de la asociación
- Artículo 5o. Excepciones a la inmunidad
- Artículo 6o. Inviolabilidad de los archivos
- Artículo 7o. Mecanismos financieros de la asociación
- Artículo 8o. Exoneración de impuestos y derechos arancelarios
- Artículo 9o. Facilidades de comunicación
- Artículo 10. Privilegios e inmunidades de los representantes de los estados miembros y miembros asociados de la asociación
- Artículo 11. Privilegios e inmunidades de los funcionarios de la asociación
- Artículo 12. Privilegios e inmunidades adicionales del secretario general y otros funcionarios de alto nivel de la asociación
- Artículo 13. Privilegios e inmunidades de los expertos
- Artículo 14. Renuncia a la inmunidad
- Artículo 15. Nacionales o residentes permanentes de un estado miembro o miembro asociado de la asociación
- Artículo 16. Cooperación con las autoridades competentes
- Artículo 17. Respeto de las leyes y normas de los estados miembros y miembros asociados de la asociación
- Artículo 18. Abuso de los privilegios o de las inmunidades
- Artículo 19. Bandera y emblema
- Artículo 20. Otros acuerdos
- Artículo 21. Solución de controversias
- Artículo 22. Firma
- Artículo 23. Ratificación
- Artículo 24. Adhesión
- Artículo 25. Entrada en vigor
- Artículo 26. Vigencia y denuncia
- Artículo 27. Reservas
- Artículo 28. Registro
- Artículo 29. Enmiendas
- Artículo 30. Disposiciones finales
Otras regulaciones
Decreto Normas sobre armas, municiones y explosivos Convenio Constitutivo del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones Se reconocen las enfermedades huérfanas como de especial interés y se adoptan normas tendientes a garantizar la protección social Se autoriza a la Asamblea Departamental de Boyacá la emisión de la estampilla Pro Universidad Pedagógica y Tecnológica Protocolo de Kyoto de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio ClimáticoMejores juristas
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Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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