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Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes Artículo 24 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes
Artículo 24. Acreditacion de la experiencia e idoneidad

La "Comisión Asesora Permanente para el Régimen de Construcciones Sismo Resistentes", de conformidad con lo señalado en el artículo 42, podrá establecer los mecanismos y procedimientos por medio de los cuales se demuestre la experiencia profesional, idoneidad y el conocimiento de esta ley y sus reglamentos, de los diferentes profesionales que realicen las labores indicadas en el artículo anterior.

PARAGRAFO. La acreditación obtenida de conformidad con este artículo, tendrá vigencia en todo el territorio nacional.

Colombia Art. 24 Se adoptan normas sobre Construcciones Sismo Resistentes
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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