Se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales y se dictan otras disposiciones (Se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los p) Colombia
Se adoptan reglas de organización y funcionamiento de los partidos y movimientos políticos, de los procesos electorales
- Artículo 1o. Principios de organización y funcionamiento
- Artículo 2o. Prohibición de doble militancia
- Artículo 3o. Registro único de partidos y movimientos políticos
- Artículo 4o. Contenido de los estatutos
- Artículo 5o. Las consultas son mecanismos de participación democrática y...
- Artículo 6o. Normas aplicables a las consultas
- Artículo 7o. Obligatoriedad de los resultados
- Artículo 8o. Responsabilidad de los partidos
- Artículo 9o. Directivos
- Artículo 10. Faltas
- Artículo 11. Régimen disciplinario de los directivos
- Artículo 12. Sanciones aplicables a los partidos y movimientos
- Artículo 13. Competencia y procedimiento para imponer sanciones a los partidos y movimientos políticos
- Artículo 14. Disolución, liquidación, fusión y escisión de los partidos y movimientos políticos
- Artículo 15. Efectos de la disolución administrativa
- Artículo 16. Fuentes de financiación de los partidos y movimientos políticos
- Artículo 17. De la financiación estatal de los partidos y movimientos políticos
- Artículo 18. Destinación de los recursos
- Artículo 19. Rendición pública de cuentas
- Artículo 20. Fuentes de financiación
- Artículo 21. De la financiación estatal para las campañas electorales
- Artículo 22. De los anticipos
- Artículo 23. Límites a la financiación privada
- Artículo 24. Límites al monto de gastos
- Artículo 25. Administración de los recursos y presentación de informes
- Artículo 26. Pérdida del cargo por violación de los límites al monto de gastos
- Artículo 27. Financiación prohibida
- Artículo 28. Inscripción de candidatos
- Artículo 29. Candidatos de coalición
- Artículo 30. Periodos de inscripción
- Artículo 31. Modificación de las inscripciones
- Artículo 32. Aceptación o rechazo de inscripciones
- Artículo 33. Divulgación
- Artículo 34. Definición de campaña electoral
- Artículo 35. Propaganda electoral
- Artículo 36. Espacios gratuitos en radio y televisión
- Artículo 37. Número máximo de cuñas, avisos y vallas
- Artículo 38. Promotores del voto en blanco y de mecanismos de participación ciudadana
- Artículo 39. Implementación
- Artículo 40. Comisión asesora
- Artículo 41. Del escrutinio el día de la votación
- Artículo 42. De las comisiones escrutadoras
- Artículo 43. De los escrutinios de los delegados del consejo nacional electoral
- Artículo 44. Del horario de los escrutinios para fórmula presidencial
- Artículo 45. Testigos electorales
- Artículo 46. Unidad nacional de delitos contra los mecanismos de participación democrática
- Artículo 47. Censo electoral
- Artículo 48. Depuración permanente del censo electoral
- Artículo 49. Inscripción para votar
- Artículo 50. Inscripción para votar de ciudadanos colombianos en el exterior
- Artículo 51. Votaciones en el exterior
- Artículo 52. Transporte
- Artículo 53. Auxiliares o guías de información electoral
- Artículo 54. Medios de comunicación y democracia
- Artículo 55. Vigencia y derogatoria
Otras regulaciones
Convención sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y el Personal Asociado Se rinde homenaje al Museo de Arte Moderno de Bogotá Convenio de Amistad y Cooperación entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Suriname Se autoriza la emisión de la estampilla Universidad de Cartagena, siempre a la altura de los tiempos Se adoptan incentivos para el apoyo a iniciativas localesMejores juristas
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Johanna Pinto
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Norman Agudelo
Cómo se prueba la responsabilidad del daño en un contrato de arrendamiento de predio rural en Colombia?
Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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