Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público externo e interno y operaciones asimiladas a las anteriores y se dictan otras disposiciones (Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito p) Colombia
Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público 2002
- Artículo 1o. Amplíase en dieciséis mil quinientos millones de dólares...
- Artículo 2o. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección...
- Artículo 3o. Las operaciones de crédito público o sus asimiladas que celebre...
- Artículo 4o. Las autorizaciones de endeudamiento conferidas por la ley a la Nación...
- Artículo 5o. Las modificaciones de los actos y contratos relativos a las operaciones de...
- Artículo 6o. Sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142...
- Artículo 7o. La gestión y celebración de los actos y contratos de que trata...
- Artículo 8o. Las entidades estatales, incluyendo las entidades financieras estatales,...
- Artículo 9o. El Gobierno Nacional orientará la política de endeudamiento...
- Artículo 10. Serán responsables fiscal y disciplinariamente los representantes...
- Artículo 11. El Departamento Nacional de Planeación se abstendrá de dar...
- Artículo 12. La Comisión Interparlamentaria de Crédito Público se...
- Artículo 13. La utilización de los recursos del Fondo de Ahorro y...
- Artículo 14. Las deudas a favor de la Nación pagadas y que se paguen por las...
- Artículo 15. Con el fin de implementar los programas de fortalecimiento institucional de...
- Artículo 16. Esta ley deroga los artículos 13 de la Ley 185 de 1995 y 1o. de la Ley...
Otras regulaciones
La Nación rinde homenaje al municipio de Soledad con motivo de los 405 años de haberse fundado el primer asentamiento humano en su territorio Acuerdo Comercial entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Costa de Marfil Se crea el Servicio Social PDET Se establece la estructura y organización de la Procuraduría General de la Nación Se dictan normas sobre mecanismos de participación ciudadanaMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
podrian por favor informarme si despues de haberse presentado una liquidacion de credito sobre cuotas de adminsitracion y habiendo sido objetada el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidacion de credito el Juzgado corre nuevamente trasladodel art. 110 del CGP de esa liquidacion de aacuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situacion posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriedno el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboracion.
Buenos días
Al final del articulo 137 del cgp, la frase: en caso contrario el juez la declarará.
Se refiere a cuando el auto NO se le notifica al afectado o una vez notificado, dicha parte no alega la nulidad,
El juez, al advertir la nulidad por falta de notificación al actual propietario del bien dado en garantía, declarara la nulidad de lo actuado y luego notifica el mandamiento de pago al afectado,
Al declarar la nulidad, opera la prescripción, si prescribe la hipoteca el juez la declarara prescrita
Muchas gracias
Se considera una actividad mercantil o no mercantil prestar contratar una conferencia o un taller de formación para el talento humano en alguna entidad pública o en una institución educativa?
La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.
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