Imprimir

Se asocia a la conmemoración de los doscientos (200) años de vida administrativa del municipio de Guarne - Antioquia, rinde público homenaje a sus habitantes Artículo 3o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se asocia a la conmemoración de los 200 años de vida administrativa del municipio de Guarne - Antioquia, rinde público homenaje a sus habitantes
Artículo 3o.

Autorícese al Gobierno nacional para que en cumplimiento y de conformidad con los artículos 150, 334, 341, 345 y 366 de la Constitución Política, de los criterios de concurrencia, complementariedad y subsidiaridad establecidos en la Ley 152 de 1994 y las competencias ordenadas en el Decreto número 111 de 1996 y la Ley 715 de 2001, asigne en el Presupuesto General de la Nación, y/o impulse a través del Sistema de Cofinanciación las partidas presupuéstales necesarias a fin de adelantar las siguientes obras y actividades de interés público y social, promotoras del desarrollo regional, que beneficiarán a la comunidad del municipio de Guarne - Antioquia, así como efectuar los traslados, créditos, contracréditos y convenios interadministrativos entre la nación y el departamento de Antioquia para vincularse a los 200 años.

Dichos proyectos y obras planteadas por las comisiones temáticas del municipio son los siguientes:

 

Dimensión

Acciones mencionadas

Económica

Alianzas Público - Privadas para la Gestión Laboral. 
Acompañamiento y fortalecimiento integral a unidades productivas. 
Estimular emprendimientos sostenibles y de valor agregado. 
Potencializar las condiciones territoriales en funciones del desarrollo económico: turismo, agropecuario, ecoturismo, entre otros. 
Acompañamiento a la comercialización de productos agrícolas.

Dimensión

Acciones mencionadas

Físico Espacial/ Ambiental

Plan maestro de movilidad y transporte en el municipio. 
Articulación con subsidios de Vivienda Nacionales y Departamentales (corresponsabilidad). 
Pavimentación de Vías Urbanas y Rurales como Soporte a la Movilidad. Desarrollo y Recuperación de los anillos viales. 
Sistemas Alternativos de transporte. 
Plan maestro de Saneamiento Básico. 
Estudios que permitan identificar las demandas actuales y futuras de microcuencas. 
Protección y mantenimiento de Microcuencas.

Político administrativa

Fortalecimiento a organizaciones sociales y comunales. 
Programas para la movilización y participación ciudadana. 
Gestión para aumentar pie de seguridad en el municipio. 
Plan Prospectivo para el municipio de guarne. 
Mecanismos para las rendiciones de cuentas y seguimiento a la gestión pública. 
Comunicación para el desarrollo. 
Consejos de gobierno descentralizados.

Social

Descentralización de la Salud, deporte y cultura. Mejoramiento integral de la infraestructura Educativa. 
Mejoramiento integral de la infraestructura en Salud. 
Gestión interadministrativa para mejorar la calidad del servicio en salud. 
Equipamientos deportivos y culturales en la ruralidad. 
Promoción de estímulos para la educación Superior. 
Programas de acompañamiento y fortalecimiento a grupos poblacionales. 
Acompañamiento familiar.

 

Parágrafo. Las obras más representativas que deben estar enmarcadas en el bicentenario de Guarne Antioquia son:

Construcción y dotación de la E.S.E. Hospital Nuestra señora de la Candelaria por un valor de trece mil millones de pesos ($13.000.000.000) moneda corriente.

Proyecto de Espacialidad; el cual consta de la remodelación del parque, peatonalización de las Calles 49 y 50, construcción parque lineal con ciclorruta y construcción de redes de alcantarillado y separación de redes de aguas lluvias; con un valor de once mil doscientos millones de pesos ($11.200.000.000) moneda corriente.

Pavimentación de mínimo 28 kilómetros de vías terciarias por un valor de veintiocho mil millones de pesos ($28.000.000.000) moneda corriente.

Construcción complejo acuático del municipio de Guarne por cinco mil millones de pesos ($5.000.000.000) moneda corriente.



Colombia Art. 3o Se asocia a la conmemoración de los doscientos (200) años de vida administrativa del municipio de Guarne - Antioquia, rinde público homenaje a sus habitantes
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o 2o 3o 4o

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

No obstante se dice que mientras el progenitor obligado a dar alimentos no cumpla con el pago de ellos no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desea ver a sus hijos, dicha entidad deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas, pues las visitas son la forma como el menor de edad ejerce su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.


Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)

Email: [email protected]

Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia

WhatsApp: 573166406899

facebook.com/abogadoscolombiaun

Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...


Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo


Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.

Es esto correcto? Que debo hacer ?


Buenas noches.

Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?


Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse