Se crea el mecanismo de protección al cesante en Colombia (Se crea el mecanismo de protección al cesante en Colombia) Colombia
Se crea el mecanismo de protección al cesante en Colombia
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Creación del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 3o. Campo de aplicación
- Artículo 4o. Principios del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 5o. Integrantes del mecanismo de protección al cesante
- Artículo 6o. Financiación del mecanismo de protección al cesante y del fondo de solidaridad de fomento al empleo y protección al cesante (fosfec)
- Artículo 7o. Uso voluntario de los aportes a las cesantías
- Artículo 8o. Aporte de trabajadores con salario integral
- Artículo 9o. Aporte de trabajadores independientes
- Artículo 10. Certificado de cesación de la relación laboral
- Artículo 11. Reconocimiento de los beneficios
- Artículo 12. Tipo, periodo y pago de los beneficios
- Artículo 13. Requisitos para acceder a los beneficios
- Artículo 14. Pérdida del derecho a los beneficios
- Artículo 15. Cese del pago de los beneficios
- Artículo 16. Muerte del trabajador
- Artículo 17. Reconocimiento de pensión
- Artículo 18. Afiliación
- Artículo 19. Creación del fondo solidario de fomento al empleo y protección al cesante (fosfec)
- Artículo 20. Mecanismo para contabilizar los recursos en los fondos de cesantías
- Artículo 21. Sistema integrado de información del desempleo
- Artículo 22. Consejo nacional de mitigación del desempleo
- Artículo 23. Administración del fondo de solidaridad de fomento al empleo y protección al cesante
- Artículo 24. Objeto del sistema de gestión de empleo
- Artículo 25. Servicio público de empleo y la red de prestadores del servicio
- Artículo 26. Unidad administrativa especial del servicio público de empleo
- Artículo 27. Dirección
- Artículo 28. De la prestación de los servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 29. Servicios de gestión y colocación de empleo
- Artículo 30. Agencia de gestión y colocación de empleo
- Artículo 31. Del carácter obligatorio del registro de vacantes en el servicio público de empleo
- Artículo 32. Autorización para desarrollar la actividad de gestión y colocación de empleo
- Artículo 33. Del proceso de autorización
- Artículo 34. Negativa de la autorización
- Artículo 35. Obligaciones para la generación de información
- Artículo 36. Agencias con ánimo de lucro
- Artículo 37. Agendas transnacionales
- Artículo 38. Multas y sanciones
- Artículo 39. Sanciones
- Artículo 40. A partir de la vigencia de la presente ley el artículo 12 de la Ley...
- Artículo 41. Capacitación para la inserción laboral
- Artículo 42. Oferentes
- Artículo 43. Reconocimiento de competencias
- Artículo 44. Promoción del mecanismo
- Artículo 45. Aseguramiento voluntario
- Artículo 46. Inspección, vigilancia y control
- Artículo 47. Reglamentación
- Artículo 48. Derogatorias
- Artículo 49. Vigencia
Otras regulaciones
Se transforma la naturaleza jurídica del Instituto Nacional de Cancerología Empresa Social del Estado Protocolo sobre el Programa para el Estudio Regional del Fenómeno El Niño en el Pacífico Sudeste Protocolo concerniente al arreglo de Madrid relativo al Registro Internacional de Marcas Acuerdo Internacional del Café de 2007 Acuerdo de Coproducción Audiovisual entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de CanadáMejores juristas
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Abogado Jesús Crúz Olivella
No obstante se dice que mientras el progenitor obligado a dar alimentos no cumpla con el pago de ellos no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desea ver a sus hijos, dicha entidad deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas, pues las visitas son la forma como el menor de edad ejerce su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
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Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
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