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Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival Internacional de Cine de Cartagena de Indias Artículo 3o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival Internacional de Cine de Cartagena de Indias
Artículo 3o.

La Nación, a través del Ministerio de Cultura, contribuirá al fomento, promoción, protección, conservación, divulgación, desarrollo y financiación del Festival Internacional de Cine de Cartagena de Indias y de los valores culturales que se originan alrededor de la cultura y la cinematografía.

Con tal fin, autorícese al Gobierno Nacional para efectuar asignaciones presupuestales para la ejecución de las siguientes actividades:

a) Elaboración de una placa especial conmemorativa en la sede principal del Festival.

b) Elaboración de un retrato al óleo del fundador del Festival de Cine, señor Víctor Nieto, el cual instalará en el recinto o salón principal del Ministerio de Cultura.

c) Inclusión en el Presupuesto General de la Nación de las partidas necesarias para cumplir con el objetivo de esta ley.

Colombia Art. 3o Se declara patrimonio cultural de la Nación el Festival Internacional de Cine de Cartagena de Indias, se rinde homenaje a su fundador y se dictan otras disposiciones
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Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


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