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Se declaran de interés social nacional y como prioridad sanitaria la prevención, la mitigación, erra Artículo 12 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se declaran de interés social nacional y como prioridad sanitaria la prevención, la mitigación, erradicación, contención y renovación de la marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano
Artículo 12.

De la Comisión Nacional. Créase la Comisión Nacional para la Prevención, Mitigación, Erradicación, Contención y Renovación del Huanglongbing (HLB) de los cítricos, como ente rector del programa, integrado por:    

a. El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, quien lo presidirá.  

b. El Gerente General del ICA o su delegado.  

c. El Director Ejecutivo de Agrosavia o su delegado.  

d. El Gerente del Fondo de Fomento Hortifrutícola, o su delegado.  

e. Un (1) representante de los viveristas de cítricos.  

f. Un (l) representante de una asociación gremial de productores de cítricos que se encuentre certificada por el Fondo de Fomento Hortifructícola.  

g. Un (1) representante de la universidad pública reconocida por adelantar estudios y publicaciones en relación al tema.  

h. Un (1) delegado de los trabajadores.  

i. Un (1) delegado de las comunidades aledañas a los territorios en donde se desarrolla esta industria.  

Parágrafo 1°. El ICA, a través de la Subgerencia de Protección Vegetal, cumplirá las funciones de Secretaría Técnica.   

Parágrafo 2°. La Comisión Nacional podrá invitar las personas que considere puedan contribuir con los temas que se traten en sus diferentes sesiones con voz pero sin voto.   

Parágrafo 3°. El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural reglamentará la elección de los representantes de los literales e), f) y g) del presente artículo. 



Colombia Art. 12 Se declaran de interés social nacional y como prioridad sanitaria la prevención, la mitigación, erradicación, contención y renovación de la marchitez por Fusarium R4T del plátano y banano (musáceas), de la enfermedad conocida como Huanglongbing (HLB) de los cítricos, de la pudrición del cogollo y la marchitez letal en la palma de aceite en todo el territorio colombiano y se dictan otras disposiciones
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Cordial saludo, somos de montenegro galindo abogados, y en nuestro email funciona sólo a veces. ¿Podrían ayudarnos a volver a ingresar o arreglar esto? [email protected]


Buenos dias, deseo si son tan amables, me hagan el favor de informarme, que ley define los plazos para pagares en colombia, Adicional una claridad cuando se define el tiempo en dias hace referencia a dias habiles o dias caelndarios, igual en que ley o decreto estan definidos estos conceptos, lo he buscado en la web sin exito. gracias, esto para colombia.


Sobre las causales de terminación unilateral del contrato (además de reiterar que para cualquiera es importante recoger la mayor cantidad de pruebas posibles), recordemos que también se incluye dentro de estas causales el incumplimiento de las obligaciones consignadas en el contrato de trabajo o que estén en el reglamento de trabajo, siempre que estas obligaciones estén en el marco de la ley. El contrato es ley para las partes e incumplirlo también es causal justa para terminarlo unilateralmente sea por parte del empleador o del empleado.


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Cuando se termine el contrato por parte del empleador unilateralmente, es necesario demostrar que se le dio la oportunidad al empleado de ser escuchado. Es decir que se brindó el espacio y la oportunidad de oír sus argumentos respecto a la terminación unilateral del contrato, garantizando siempre el debido proceso y dejando clara prueba de que así se hizo. Luego de escucharlo se decidirá de manera plenamente argumentada en el marco de la ley, si se da por terminado el contrato de trabajo o no definitivamente. Sea cual sea la causal de terminación se deben hacer los respectivos pagos de liquidación y demás que se le adeuden al trabajador.


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Recordemos que la parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra de manera clara y expresa la causal o el motivo de su decisión. Ya que posteriormente no podrá alegar ninguna causal o motivo distinto ante un juez etc. Se recomienda entonces hacerlo siempre por escrito que se le notifique formalmente a la otra parte, en el que se indiquen exactamente el tiempo, modo y lugar en el que ocurrió la causal para terminar el contrato y aportando las pruebas correspondientes.


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