Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2015 (Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fi) Colombia
Se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2015
- Artículo 1o. Fíjense los cómputos del presupuesto de rentas y recursos de...
- Artículo 2o. Se estima la cuantía de los recursos de la Subcuenta de Solidaridad...
- Artículo 3o. Presupuesto de gastos o ley de apropiaciones
- Artículo 4o. Las disposiciones generales de la presente ley son complementarias de las...
- Artículo 5o. La Dirección General de Crédito Público y Tesoro...
- Artículo 6o. El Gobierno Nacional a través de la Dirección General de...
- Artículo 7o. Los ingresos corrientes de la Nación y aquellas contribuciones y...
- Artículo 8o. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de...
- Artículo 9o. El Gobierno Nacional podrá emitir títulos de Tesorería,...
- Artículo 10. Los rendimientos financieros originados con recursos de la Nación,...
- Artículo 11. Facúltase a la Dirección General de Crédito...
- Artículo 12. La liquidación de los excedentes financieros de que trata el Estatuto...
- Artículo 13. A más tardar el 20 de enero de 2015, los órganos que conforman...
- Artículo 14. Las afectaciones al presupuesto se harán teniendo en cuenta la...
- Artículo 15. Prohíbese tramitar actos administrativos u obligaciones que afecten el...
- Artículo 16. Para proveer empleos vacantes se requerirá el certificado de...
- Artículo 17. La solicitud de modificación a las plantas de personal...
- Artículo 18. Los recursos destinados a programas de capacitación y bienestar social...
- Artículo 19. La constitución y funcionamiento de las cajas menores en los...
- Artículo 20. Los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la...
- Artículo 21. Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de ingresos y gastos,...
- Artículo 22. Los órganos de que trata el artículo 4o de la presente ley podrán pactar...
- Artículo 23. El Gobierno Nacional en el decreto de liquidación clasificará...
- Artículo 24. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección...
- Artículo 25. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del...
- Artículo 26. Los órganos de que trata el artículo 4o de la presente ley son los únicos...
- Artículo 27. Cuando los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la...
- Artículo 28. Salvo lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley 1450 de 2011,...
- Artículo 29. Los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación...
- Artículo 30. Cuando exista apropiación presupuestal en el servicio de la deuda...
- Artículo 31. La representación legal y la ordenación del gasto del servicio...
- Artículo 32. Los gastos que sean necesarios para la administración,...
- Artículo 33. A través del Sistema Integrado de Información Financiera (SIIF)...
- Artículo 34. A más tardar el 20 de enero de 2015, los órganos que conforman...
- Artículo 35. Las autorizaciones otorgadas por el Consejo Superior de Política...
- Artículo 36. Las Juntas o Consejos Directivos de las Empresas Industriales y Comerciales...
- Artículo 37. Los cupos anuales autorizados para asumir compromisos de vigencias futuras no...
- Artículo 38. Las solicitudes para comprometer recursos de la Nación, que afecten...
- Artículo 39. El servidor público que reciba una orden de embargo sobre los recursos...
- Artículo 40. Los órganos a que se refiere el artículo 4o de la presente ley pagarán los...
- Artículo 41. La Fiscalía General de la Nación, la Policía Nacional,...
- Artículo 42. En lo relacionado con las cuentas por pagar y las reservas presupuestales, el...
- Artículo 43. Las obligaciones por concepto de servicios médico-asistenciales,...
- Artículo 44. Autorízase a la Nación y sus entidades descentralizadas, para...
- Artículo 45. La Nación podrá emitir bonos en condiciones de mercado u otros...
- Artículo 46. El porcentaje de la cesión del impuesto a las ventas asignado a las...
- Artículo 47. Todos los programas y proyectos en carreteras y aeropuertos, que no...
- Artículo 48. En desarrollo del artículo 119 del Estatuto Orgánico del...
- Artículo 49. La ejecución de los recursos que se giran al Fondo Nacional de...
- Artículo 50. Las apropiaciones programadas en la presente ley para la ejecución de...
- Artículo 51. Las entidades estatales podrán constituir mediante patrimonio...
- Artículo 52. En virtud de la autonomía consagrada en el artículo 69 de la...
- Artículo 53. Con los excedentes de la Subcuenta de Solidaridad del Fondo de Solidaridad...
- Artículo 54. El Consejo Superior de la Judicatura y la Fiscalía General de la...
- Artículo 55. Los órganos que conforman el Presupuesto General de la Nación y...
- Artículo 56. Con el fin de financiar el Sistema General de Seguridad Social en Salud, en...
- Artículo 57. En desarrollo de la Política Integral de Seguridad y Defensa para la...
- Artículo 58. Las entidades responsables de la Atención Integral a la...
- Artículo 59. Las entidades encargadas de ejecutar la política de víctimas de...
- Artículo 60. En el marco de los principios de concurrencia, complementariedad y...
- Artículo 61. Bajo la coordinación de la Unidad de Atención y...
- Artículo 62. Los recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión y...
- Artículo 63. Los recursos del Fondo para la Rehabilitación, Inversión y...
- Artículo 64. Los hogares beneficiarios del Programa de Subsidio Familiar de Vivienda,...
- Artículo 65. Sin perjuicio de la responsabilidad fiscal y disciplinaria a que haya lugar,...
- Artículo 66. En los presupuestos del Ministerio de Hacienda y Crédito...
- Artículo 67. Las asignaciones presupuestales del Fondo de Tecnología de la...
- Artículo 68. Los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la...
- Artículo 69. Con el fin de garantizar el flujo efectivo de recursos en el Sistema General...
- Artículo 70. La apropiación destinada a la ejecución del programa de...
- Artículo 71. En los procesos de otorgamiento y renovación de permisos para uso del...
- Artículo 72. Los compromisos asumidos a 31 de diciembre de 2014, con las formalidades...
- Artículo 73. El Ministerio de Salud y Protección Social, una vez realizado el...
- Artículo 74. Autorízase al Gobierno Nacional para apropiar recursos del Presupuesto...
- Artículo 75. Cualquier modificación, operación y/o ajuste presupuestal que...
- Artículo 76. En desarrollo del acuerdo suscrito entre el Gobierno Nacional y los...
- Artículo 77. Los pagos por menores tarifas del sector eléctrico y de gas, que se...
- Artículo 78. Para la elaboración del presupuesto de la vigencia fiscal de 2016 las...
- Artículo 79. Con el fin de facilitar la ejecución de los recursos destinados a...
- Artículo 80. Garantía de acceso de las madres comunitarias al fondo de solidaridad pensional-subcuenta de solidaridad
- Artículo 81. Las Madres Comunitarias, Famis y Sustitutas que ostentaban esta...
- Artículo 82. En los proyectos financiados con recursos del Fondo Nacional de...
- Artículo 83. Para la operación de préstamo interfondos realizada entre la...
- Artículo 84. La prestación del servicio de protección de los funcionarios de...
- Artículo 85. El respaldo presupuestal a cargo de la Nación frente a los...
- Artículo 86. Para efectos de atenuar en el mercado interno el impacto de las fluctuaciones...
- Artículo 87. Los rendimientos financieros originados por los recursos del Impuesto...
- Artículo 88. Los recursos del Fondo de Investigación en Salud al que se refiere la...
- Artículo 89. En desarrollo de lo previsto en el artículo 23 de la Ley 38 de 1989...
- Artículo 90. Los recursos del Fondo de Contingencias de las Entidades Estatales, que no...
- Artículo 91. La Dirección General de Crédito Público y Tesoro...
- Artículo 92. La Dirección General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda...
- Artículo 93. Con el fin de garantizar la equidad con las demás ciudades del...
- Artículo 94. Las entidades que forman parte del presupuesto general de la nación...
- Artículo 95. La Nación asignará un monto de recursos destinados a cubrir el...
- Artículo 96. En el evento que los Fondos de Solidaridad y Redistribución de...
- Artículo 97. Los recursos correspondientes a subsidios familiares de vivienda urbana que...
- Artículo 98. Subcuenta archipiélago de san andrés, providencia y santa catalina
- Artículo 99. El Ministerio de Minas y Energía, continuará administrando el...
- Artículo 100. Los excedentes y saldos no comprometidos en el uso de recursos de oferta de...
- Artículo 101. Con cargo a los recursos del Fondo de Solidaridad y Garantía en Salud...
- Artículo 102. Los recursos apropiados a la Rama Judicial para Descongestión son para...
- Artículo 103. Todo el territorio del departamento del Meta, incluida el Área de...
- Artículo 104. La inscripción-registro en espera ante Finagro del crédito para...
- Artículo 105. En virtud de la autonomía presupuestal consagrada en el...
- Artículo 106. Con recursos del Presupuesto General de la Nación, se podrá...
- Artículo 107. El Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) podrá asignar subsidios...
- Artículo 108. En las empresas de servicios públicos mixtas y sus subordinadas, en...
- Artículo 109. Amplíese el plazo a que se refiere el artículo 92 de la Ley...
- Artículo 110. Los órganos que hacen parte del presupuesto general de la...
- Artículo 111. Recursos entidades territoriales de categoría especial receptoras de población víctima del conflicto armado
- Artículo 112. EL Fosyga reconocerá y pagará hasta por un valor de 200 mil...
- Artículo 113. Autorícese a la Nación para destinar recursos hasta por $20 mil...
- Artículo 114. Para garantizar la continuidad de los servicios de salud de los afilados de...
- Artículo 115. Los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones podrán...
- Artículo 116. Los saldos de recursos a que se refiere el artículo 133 de la Ley 633...
- Artículo 117. Las Fundaciones de que trata el artículo 68 de la Ley 1438 de 2011 que...
- Artículo 118. Inversiones programa de saneamiento del río bogotá
- Artículo 119. En virtud de los principios de complementariedad y colaboración...
- Artículo 120. Las entidades estatales que tienen a cargo la asignación de recursos...
- Artículo 121. Modificase el artículo 4o de la Ley 1608 de 2013 el cual...
- Artículo 122. Las entidades territoriales podrán contratar en el año 2015...
- Artículo 123. Artículo INEXEQUIBLE
- Artículo 124. Los mayores valores recaudados por concepto de ingresos de la...
- Artículo 125. La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación, surte...
Otras regulaciones
Tratado sobre delimitación marítima entre la República de Colombia y Jamaica Se autorizan operaciones de endeudamiento interno y externo de la Nación Se reestructura la Justicia Penal Militar y Policial Convenio de Cooperación Cultural y Educativa entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República Argentina Se amplían las autorizaciones conferidas al Gobierno Nacional para celebrar operaciones de crédito público 2002Mejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
En el caso de la restitución de los frutos que se recibieron como efecto de una promesa de compraventa que finalmente se declaró nula, es necesario aclarar que la nulidad retrotrae las cosas a su estado anterior, es decir, a como estaban antes de existir el contrato nulo. En estos casos, se debe tener en cuenta la buena o mala fe únicamente para determinar si los frutos son reclamables o no (si se actuó con buena fe no se deben devolver los frutos, pero si se actuó con mala fe por parte del comprador, sí se deben restituir), es decir, que la mala fe no se usa para saber desde cuándo se deben los frutos, pues ya es claro en Colombia que estos se deben desde la fecha a partir de la cual se celebró el contrato nulo y como efecto de este se tomó posesión del bien, se realizó la entrega o se dio cumplimiento a la obligación contenida en el contrato.
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me Podrían dar mas explicación sobre el artículo 260
Cuando se quiere dejar sin efectos una escritura pública por que le faltan alguno de sus requisitos, es importante diferenciar la llamada "nulidad formal de los instrumentos públicos" que indica el Decreto 960 de 1970, de la nulidad absoluta sustancial del contrato por falta de requisitos, que establece este art 1740 del Cód Civil. // Como durante el proceso de perfeccionamiento de una escritura puede incurrirse en nulidad, porque no se da cumplimiento a sus requisitos esenciales o se pueden ocurrir irregularidades de menor entidad desde el punto de vista formal, el Decreto 960 habla en su Título III a la "Invalidez y Subsanación de los Actos Notariales". De los primeros, se ocupa en forma específica el artículo 99 del Decreto en mención, casos en los cuales se juzga el vicio de que se trate, con la invalidez del acto notarial en cuestión. En cuanto a las demás irregularidades, éstas pueden ser objeto de subsanación, enmienda o corrección, y de ello se ocupan las restantes normas del Título III del decreto 960. Esto cuando a pesar de haberse cumplido los requisitos esenciales de la escritura, por una circunstancia ajena a las partes, esta no alcanzó a nacer a la vida jurídica. Por ejemplo cuando el notario no la firmó porque se retiró del cargo, en tal caso, quien ocupe el nuevo cargo podrá suscribir con posterioridad el documento para elevarlo a la categoría de escritura pública, previa autorización de la Superintendencia de Notariado y Registro.
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buenas noches ,tengo una finca con una servidumbre que linda con el predio dominante obviamente y con otro predio de otro propietario, como a la entrada no hay broche o puerta ,estos dos han disminuido el ancho a 2,50 metros en la entrada de la servidumbre impidiendo el ingreso de un tractor o de un vehículo mas grande tipo ambulancia ,camión de bomberos etc , en la parte de arriba llegando a la entrada al predio si esta de 3,50metros,quiero que esta medida sea el ancho total de la servidumbre de arriba hasta abajo,que puedo hacer '??
El último párrafo de este artículo significa que sobre los bienes muebles (vehículos, maquinaria etc) no se pueden registrar varias prendas. Lo que se puede hacer es pactar que entre el propietario y el acreedor, se garantizan varias deudas con el mismo bien. Es decir, no se le pueden garantizar deudas a distintas personas con el mismo bien mueble. Contrario a lo que si se puede hacer con un inmueble (casa, finca etc), sobre el cual si pueden recaer varias hipotecas, por ejemplo.
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