Se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones –TIC–, se crea la Agencia Nacional de Espectro y se dictan otras disposiciones (Se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecno) Colombia
Se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones
- Artículo 1o. Objeto
- Artículo 2o. Principios orientadores
- Artículo 3o. Sociedad de la información y del conocimiento
- Artículo 4o. Intervención del estado en el sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 5o. Las entidades del orden nacional y territorial y las tecnologías de la información y las comunicaciones, tic
- Artículo 6o. Definición de tic
- Artículo 7o. Criterios de interpretación de la ley
- Artículo 8o. Las telecomunicaciones en casos de emergencia, conmoción o calamidad y prevención para dichos eventos
- Artículo 9o. El sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 10. Habilitación general
- Artículo 11. Acceso al uso del espectro radioeléctrico
- Artículo 12. Plazo y renovación de los permisos para el uso del espectro radioeléctrico
- Artículo 13. Contraprestación económica por la utilización del espectro radioeléctrico
- Artículo 14. Inhabilidades para acceder a los permisos para el uso del espectro radioeléctrico
- Artículo 15. Registro único de tic
- Artículo 16. Ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 17. Objetivos del ministerio
- Artículo 18. Funciones del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 19. Creación, naturaleza y objeto de la comisión de regulación de comunicaciones
- Artículo 19A. Patrimonio de la crc
- Artículo 20. Composición de la comisión de regulación de comunicaciones (crc)
- Artículo 21. Inhabilidades para ser comisionado
- Artículo 22. Funciones de la comisión de regulación de comunicaciones
- Artículo 23. Regulación de precios de los servicios de telecomunicaciones
- Artículo 24. Contribución a la crc
- Artículo 25. Creación, naturaleza y objeto de la agencia nacional del espectro
- Artículo 26. Funciones de la agencia nacional del espectro
- Artículo 27. Organos de dirección de la agencia nacional del espectro
- Artículo 28. Del director de la agencia nacional del espectro y sus funciones
- Artículo 29. Denominación de los actos
- Artículo 30. Funcionarios del ministerio de tecnologías de la información y las comunicaciones trasladados a la agencia nacional del espectro
- Artículo 31. Recursos de la agencia nacional del espectro
- Artículo 32. Manejo de los recursos de la agencia nacional del espectro
- Artículo 33. Adopción de la estructura y de la planta de personal de la agencia nacional del espectro
- Artículo 34. Creación del fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 35. Funciones del fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 36. Contraprestación periódica única a favor del fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 37. Otros recursos del fondo único de tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 38. Masificación del uso de las tic y cierre de la brecha digital
- Artículo 39. Articulación del plan de tic
- Artículo 40. Telesalud
- Artículo 41. Aplicación
- Artículo 42. Plazo de negociación directa
- Artículo 43. Solicitud de iniciación de trámite administrativo de solución de controversias, de imposición de servidumbre de acceso, uso e interconexión, y de fijación de condiciones de acceso, uso e interconexión
- Artículo 44. Citaciones
- Artículo 45. Etapa de mediación
- Artículo 46. Práctica de pruebas
- Artículo 47. Término de adopción de la decisión
- Artículo 48. Recursos contra las decisiones que ponen fin a las actuaciones administrativas
- Artículo 49. Actos de fijación de condiciones provisionales de acceso, uso e interconexión y/o imposición de servidumbre provisional de acceso, uso e interconexión
- Artículo 50. Principios del acceso, uso e interconexión
- Artículo 51. Oferta básica de interconexión –obi–
- Artículo 52. Presentaciones personales
- Artículo 53. Régimen jurídico
- Artículo 54. Recursos
- Artículo 55. Régimen jurídico de los proveedores de redes y servicios de las tecnologías de la información y las comunicaciones
- Artículo 56. Principios de la radiodifusión sonora
- Artículo 57. Prestación de los servicios de radiodifusión sonora
- Artículo 58. Programación en servicios de radiodifusión sonora
- Artículo 59. Cesión y transferencia de los derechos de la concesión
- Artículo 60. Inspección, vigilancia y control de los servicios de radiodifusión sonora
- Artículo 61. Archivo
- Artículo 62. Contraprestaciones para el servicio de radiodifusión sonora
- Artículo 63. Disposiciones generales del régimen de infracciones y sanciones
- Artículo 64. Infracciones
- Artículo 65. Sanciones
- Artículo 66. Criterios para la definición de las sanciones
- Artículo 67. Procedimiento general
- Artículo 68. De las concesiones, licencias, permisos y autorizaciones
- Artículo 69. Transición para los actuales proveedores de redes y servicios de telefonía pública básica conmutada local (tpbcl) y local extendida (tpbcle)
- Artículo 70. Derecho de rectificación
- Artículo 71. Confidencialidad
- Artículo 72. Reglas para los procesos de asignación de espectro con pluralidad de interesados
- Artículo 73. Vigencia y derogatorias
Otras regulaciones
Se honra la memoria del Presidente de la República Don Aquileo Parra Se autorizan apropiaciones presupuestales para la ejecución de obras en el municipio de El Dovio Convenio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de la República de Panamá para evitar la doble imposición en la explotación de aeronaves en el transporte aéreo internacional Se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido Convención de las Naciones Unidas contra la CorrupciónMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Abogado Jesús Crúz Olivella
No obstante se dice que mientras el progenitor obligado a dar alimentos no cumpla con el pago de ellos no será escuchado para reclamar ningún derecho sobre su hijo(a), la entidad competente que conozca un caso en el que el padre o madre deudora, desea ver a sus hijos, dicha entidad deberá analizar detenidamente cada situación, con el fin de que se garanticen todos los derechos fundamentales que tienen los niños y niñas, pues las visitas son la forma como el menor de edad ejerce su derecho a tener una familia. Recordemos que en el tema de infancia y adolescencia, siempre debe prevalecer el derecho de los niños y niñas.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Tengo una medida correctiva del 2018 si aplica la prescripción, y cuánto tiempo tiene el inspector para iniciar el cobro coactivo
Buenos días tengo una pregunta. Tuve un accidente en casi con mi hija menor de 8 años quien fue operada y hospitalizada, y la empresa para la que trabajo lo que hizo fue adelantarme descansos por los 5 días que estuve ausente de mi trabajo.
Es esto correcto? Que debo hacer ?
Buenas noches.
Quiero saber en el caso de vivienda urbana (casa), a cargo de quién está la limpieza de los canales recolectores de agua lluvia en el techo, del arrendador o del arrendatario?
Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios