Se desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política (Se desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política) Colombia
Se desarrolla el artículo 334 de la Constitución Política
- Artículo 1o. Incidente de impacto fiscal
- Artículo 2o. Procedencia
- Artículo 3o. Competencia
- Artículo 4o. Partes
- Artículo 5o. Presentación y sustentación del incidente
- Artículo 6o. Contenido del incidente
- Artículo 7o. Rechazo del incidente
- Artículo 8o. Inadmisión del incidente
- Artículo 9o. Admisión del incidente
- Artículo 10. Desistimiento del incidente
- Artículo 11. Audiencia de impacto fiscal
- Artículo 12. Decisión
- Artículo 13. Recurso de insistencia
- Artículo 14. Si la decisión que resuelve el incidente de impacto fiscal es...
- Artículo 15. Intervención del ministro de hacienda y crédito público
- Artículo 16. Con el fin de evitar alteraciones en la sostenibilidad fiscal de las...
- Artículo 17. Vigencia
Otras regulaciones
Se crea un sistema de información, registro y monitoreo que permita controlar, prevenir y evitar el tráfico ilegal de fauna y flora silvestre Se crea la Orden Tayrona como condecoración insigne que otorga el departamento del Magdalena Convención Internacional para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer Se promueve el uso de tapabocas inclusivos y/o demás elementos transparentes Se rinde Homenaje a los Héroes Llaneros de la Independencia y a la Memoria de Juan Nepomuceno Moreno como Prócer de la Gesta LibertadoraMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.
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Recordemos que la pensión de sobreviviente se entrega a las personas que hayan compartido vida con la persona fallecida en las condiciones que señala la ley, sin importar si hay o no hijos o la cantidad de estos, ya que no tener hijos no se puede tomar como un indicador definitivo de la falta de convivencia.
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De la ley 522 CPM una vez finalizada la audiencia de corte marcial que plazo tiene el juez para dar lectura al fallo o su equivalente
En caso de declaración de indignidad ¿cuánto tiempo hay para declarar la misma?
En el caso de la restitución de los frutos que se recibieron como efecto de una promesa de compraventa que finalmente se declaró nula, es necesario aclarar que la nulidad retrotrae las cosas a su estado anterior, es decir, a como estaban antes de existir el contrato nulo. En estos casos, se debe tener en cuenta la buena o mala fe únicamente para determinar si los frutos son reclamables o no (si se actuó con buena fe no se deben devolver los frutos, pero si se actuó con mala fe por parte del comprador, sí se deben restituir), es decir, que la mala fe no se usa para saber desde cuándo se deben los frutos, pues ya es claro en Colombia que estos se deben desde la fecha a partir de la cual se celebró el contrato nulo y como efecto de este se tomó posesión del bien, se realizó la entrega o se dio cumplimiento a la obligación contenida en el contrato.
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