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Se dictan normas tendientes, a modernizar la organizacion y el funcionamiento de los departamentos Artículo 31 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se dictan normas tendientes, a modernizar la organizacion y el funcionamiento de los departamentos
Artículo 31. Comisión para la equidad de la mujer

Además de las Comisiones Permanentes, las Asambleas con el objeto de fomentar la participación de la mujer en el ejercicio de la labor normativa y de control político, las crearán e incorporarán de su estructura institucional la Comisión para la Equidad de la Mujer, la cual estará integrada prioritariamente por las diputadas; no obstante, los diputados que voluntaria y optativamente manifiesten su interés de participar podrán hacer parte de esta comisión, sin que esto supla la obligatoriedad de participar de las comisiones permanentes.

 

La Comisión para la Equidad de la Mujer ejercerá las siguientes funciones:

 

1. Ejercer el control político en los temas relacionados con la equidad de género.

 

2. Realizar el seguimiento a la implementación de las iniciativas relacionadas con los temas de género.

 

3. Promover la participación de las mujeres en los cargos de elección popular y de designación, de conformidad con la Ley 581 de 2000, y las normas que la adicionen o modifiquen.

 

4. Servir de interlocución y dialogo con las organizaciones y grupos de mujeres.

 

5. Fomentar y desarrollar estrategias de comunicación sobre temas relacionados con los derechos de las mujeres y las políticas públicas existentes.

 

6. Hacer seguimiento a los procesos de verdad, justicia y reparación para los delitos cometidos contra las mujeres durante el conflicto armado interno en sus territorios, a los que haya lugar.

 

7. Realizar seguimiento a la implementación de políticas departamentales en temas de género.

 

8. Realizar seguimiento a la implementación de políticas departamentales para incentivar el desarrollo laboral de las mujeres.

 

9. Las demás que sean asignadas por la plenaria de la asamblea departamental.

 

Parágrafo 1. En aquellas asambleas en donde no haya manifestación de diputados y diputadas de pertenecer a la comisión para la equidad de la mujer, la mesa directiva deberá garantizar su conformación y funcionamiento, con un número impar de sus miembros.

 

Parágrafo 2. En todo caso hacer parte de la comisión para la equidad de la mujer, no impide que la diputada o diputado que pertenezcan a esta pueda integrar una comisión permanente.



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Cordial saludo, somos de montenegro galindo abogados, y en nuestro email funciona sólo a veces. ¿Podrían ayudarnos a volver a ingresar o arreglar esto? [email protected]


Buenos dias, deseo si son tan amables, me hagan el favor de informarme, que ley define los plazos para pagares en colombia, Adicional una claridad cuando se define el tiempo en dias hace referencia a dias habiles o dias caelndarios, igual en que ley o decreto estan definidos estos conceptos, lo he buscado en la web sin exito. gracias, esto para colombia.


Sobre las causales de terminación unilateral del contrato (además de reiterar que para cualquiera es importante recoger la mayor cantidad de pruebas posibles), recordemos que también se incluye dentro de estas causales el incumplimiento de las obligaciones consignadas en el contrato de trabajo o que estén en el reglamento de trabajo, siempre que estas obligaciones estén en el marco de la ley. El contrato es ley para las partes e incumplirlo también es causal justa para terminarlo unilateralmente sea por parte del empleador o del empleado.


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Cuando se termine el contrato por parte del empleador unilateralmente, es necesario demostrar que se le dio la oportunidad al empleado de ser escuchado. Es decir que se brindó el espacio y la oportunidad de oír sus argumentos respecto a la terminación unilateral del contrato, garantizando siempre el debido proceso y dejando clara prueba de que así se hizo. Luego de escucharlo se decidirá de manera plenamente argumentada en el marco de la ley, si se da por terminado el contrato de trabajo o no definitivamente. Sea cual sea la causal de terminación se deben hacer los respectivos pagos de liquidación y demás que se le adeuden al trabajador.


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Recordemos que la parte que termina unilateralmente el contrato de trabajo debe manifestar a la otra de manera clara y expresa la causal o el motivo de su decisión. Ya que posteriormente no podrá alegar ninguna causal o motivo distinto ante un juez etc. Se recomienda entonces hacerlo siempre por escrito que se le notifique formalmente a la otra parte, en el que se indiquen exactamente el tiempo, modo y lugar en el que ocurrió la causal para terminar el contrato y aportando las pruebas correspondientes.


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