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Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones Artículo 55 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones
Artículo 55. Funciones de las instituciones financieras

Todas las instituciones financieras podrán prestar aquellos de los servicios de centrales de valores que sean estrictamente necesarios para los efectos del Artículo 20 de esta Ley; en tal evento, y para estos propósitos, quedarán sometidas al control de la Superintendencia Nacional de Valores, que lo ejercerá en consulta y con la colaboración de la Superintendencia Bancaria.



DE LAS EXPROPIACIONES Y SERVIDUMBRES

Colombia Art. 55 Se establece el régimen de los servicios públicos domiciliarios y se dictan otras disposiciones
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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