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Se establece la Política de Estado Para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia. Todos Artículo 11 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se establece la Política de Estado Para el Desarrollo Integral en la Infancia y Adolescencia. Todos por la Infancia y la Adolescencia
Artículo 11. SEGUIMIENTO AL DESARROLLO INTEGRAL DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA

La Comisión Intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia, realizará seguimiento nominal de las atenciones brindadas a cada una de las niñas, niños y adolescentes en el marco de la Ruta Integral de Atenciones, a través del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral.

El sistema permitirá la articulación de la información respectiva a la población en primera infancia, infancia y adolescencia, así como la caracterización y el estado del goce efectivo de sus derechos de manera nominal.

De manera progresiva, se deberá garantizar el reporte de información de las atenciones por parte de todas aquellas entidades del orden nacional y territorial, públicas y privadas, que atiendan niñas, niños y adolescentes de acuerdo con lo establecido por la Comisión Intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia.

Asimismo, serán responsables de hacer el reporte de la información todas aquellas entidades del ámbito nacional y territorial en el Sistema Único de Información de la Niñez - SUIN, como herramienta oficial para la toma de decisiones en materia de política pública de primera infancia, infancia y adolescencia, y de acuerdo con los indicadores priorizados que se establezcan, será el medio a través del cual, se alojará la información orientada a la garantía de los derechos de los niños, niñas y adolescentes. Este sistema deberá interoperar y estar articulado con el sistema consagrado en el artículo 4° de la Ley 2242 de 2022.

La información generada por ambos sistemas serán los principales insumos en la toma de decisiones sobre seguimiento, evaluación y orientación de las acciones para la ejecución de la Política en el orden nacional y territorial. De manera progresiva, se deberá garantizar el reporte de información de las atenciones por parte de todas aquellas entidades del orden nacional y territorial, públicas y privadas, que atiendan niñas, niños y adolescentes de acuerdo con lo establecido por la Comisión Intersectorial para el Desarrollo Integral en la Infancia y la Adolescencia.

PARÁGRAFO 1°. Las entidades territoriales estarán obligadas a reportar la información solicitada cumpliendo con los criterios de calidad y oportunidad, de acuerdo a la reglamentación que expida el Gobierno nacional.

PARÁGRAFO 2°. Las entidades de la Comisión Intersectorial de Infancia y Adolescencia tendrán a su cargo el reporte permanente de información al Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral.

PARÁGRAFO 3°. El seguimiento al desarrollo integral de la primera infancia, la infancia y la adolescencia se realizará a través del Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral. El Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral a la Primera Infancia - SSDIPI creado mediante la Ley 1804 de 2016, se convertirá en el Sistema de Seguimiento al Desarrollo Integral, a través del cual, se hará el registro y seguimiento a las atenciones que se brindan a todos los niños, niñas y adolescentes entre los cero (0) y los dieciocho (18) años del país.



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Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias


El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.


Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?


hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?


se puede hacer un allanamiento sin la orden de un juez por parte de un banco


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