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Se establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial Artículo 23 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/05/2024

Se establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial
Artículo 23. Información y sanción

Los Centros de Arbitraje deberán enviar semestralmente a la Dirección de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho un informe sobre el monto de las pretensiones, el monto de los costos de funcionamiento, el monto de los honorarios percibidos por los árbitros y el monto correspondiente a las Contribuciones Arbitrales Especiales que sean debidas, en cada uno de los procesos que se adelanten bajo su administración.

Además de las sanciones penales, fiscales y disciplinarias a que haya lugar, el Centro de Arbitraje o árbitro que utilice documentación falsa o adulterada o que a través de cualquier otro medio fraudulento altere la información prevista en el inciso anterior u omita informarla para evadir el pago de esta contribución, deberá pagar a favor de la Rama Judicial, Consejo Superior de la Judicatura, Dirección Ejecutiva de Administración Judicial, o quien haga sus veces, con destino al Fondo para la Modernización, Descongestión y Bienestar de la Administración de Justicia, a título de sanción, una Contribución Arbitral Especial equivalente al triple de la tarifa inicialmente debida, conforme a lo establecido por esta ley, más los intereses moratorios a la máxima tasa legal permitida desde la fecha en que debía haber pagado la Contribución Arbitral Especial y hasta la fecha en que efectivamente se cancele.

PARÁGRAFO. La Dirección de Métodos Alternativos de Resolución de Conflictos del Ministerio de Justicia y del Derecho, bajo las reglas del debido proceso y siguiendo el trámite establecido en el Capítulo III del Título III de la Ley 1437 de 2011, determinará la imposición de esta sanción.



SEGUIMIENTO A LA INVERSIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO.

Colombia Art. 23 Se establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial
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Un concejal que terminó periodo 31 dic 2023 puede ser contratista en el 202r4 en el mismo municipio Que estuvo ejerciendo de concejal


Mi pregunta: Al lado de mi propiedad , mi vecino vendio el principio de construccion que tenia, el nuevo propietario demolio todo para hacer una nueva construcion; mi pregunta el nuevo propietario al demoler todo y empezar de cero , debe de conciliar con los vecinos para poder pegarse de nuestros muros. O, de lo contrario hacer su muro aparte si no hay acuerdo entre los vecinos.Le estare muy agradecido con su respuesta a dicho asunto.


Muy buen dia, para tod@s quiero saber cuanto son los términos legales ya que coloque la denuncia en la fiscalia, el 29 febrero 2024 y hasta el dia de hoy no me han llamado y en este momento ya me da lidia para sentarme y pararme, todo lo que pueda hacer para defenderme debo hacerlo parado, espero que me colaboren muy amables..


Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?


Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?


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