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Se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Mili Artículo 235 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se establecen las normas de conducta del Militar Colombiano y se expide el Código Disciplinario Militar
Artículo 235. Trámite previo de la audiencia

Culminada la etapa de indagación, se dictará auto de cargos y citación a audiencia, el cual se notificará personalmente al investigado o a su defensor si lo tuviere. La audiencia se celebrará, no antes de diez ni después de quince días, contados a partir de la notificación del primero que se presente.

La citación para notificar el auto de cargos y citación a audiencia se hará por cualquiera de los siguientes medios:

1. A través del comandante de la unidad donde el investigado se encuentre en servicio.

2. En la última dirección oficialmente registrada en la dependencia encargada de administración de personal de la Fuerza en caso de retiro.

3. Mediante comunicación enviada a la dirección registrada en el proceso. Del trámite surtido se dejará constancia en el expediente.

En caso de pluralidad de investigados la fecha para la celebración de la audiencia se comunicará por el medio más expedito, una vez efectuada la última notificación.

Si vencido el término de ocho días a partir del envío de la citación, no comparece el citado, se fijará edicto por el término de tres días para notificar la providencia.

PARÁGRAFO. Se suspenderá el trámite de notificación cuando el investigado se encuentre en desarrollo de operaciones hasta cuando se logre su comparecencia en la Unidad, salvo que cuente con su defensa técnica con quien se surtirá la actuación.

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Cómo se establece, determina o contabiliza un plazo o un término de 48 horas?


Hola. Como el Art 227 no hace observación alguna sobre un mínimo para hacer el pago, si el empleado devenga un salario mínimo mensual, igualmente aplica el pago de las 2/3 partes los 90 días primeros y el 50% del segundo trimestre?



El arrendador está en la obligación de tener el bien inmueble en óptimas condiciones uso y goce , debe hacer mantenimiento de los canales de agua lluvia de la vivienda.

Lo podrá hacer el arrendatario de manera oficiosa y hacer el decuento del costo de mantenimiento al valor que paga periodicamente como canon de arrendamiento, o también podrá incurrir en la terminación unilateral del contrato. (tambíen depende que se haya estipulado en el contrato de arrendamiento)


¿Puede una empresa bajar el salario en el mismo cargo por reubicación laboral?


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