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Se expide la ley general de educación Artículo 167 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se expide la ley general de educación
Artículo 167. Foro educativo nacional

El Ministerio de Educación Nacional convocará y presidirá anualmente un Foro Educativo Nacional que agrupe las recomendaciones de los foros departamentales y elabore propuestas a la Junta Nacional de Educación, June y a las autoridades nacionales.

En estos foros participarán:

- El Ministro de Educación Nacional.

- El Ministro de Salud, o su delegado.

- Un gobernador, nombrado por la Conferencia de Gobernadores.

- Un alcalde nombrado por la Federación Colombiana de Municipios.

- Los Presidentes de las Comisiones Sexta Constitucionales de Senado y Cámara.

- Un ex Ministro de educación nombrado por el Ministro de Educación.

- El Director de Colciencias.

- El Director del ICFES.

- El Director del Sena.

- El rector de la Universidad Nacional.

- El rector de la Universidad Pedagógica Nacional.

- El rector de la Universidad Pedagógica y Tecnológica de Colombia.

- Un rector representante de las demás universidades públicas.

- Un rector representante de las universidades privadas.

- Un rector de establecimiento educativo estatal.

- Un rector de establecimiento educativo privado.

- Un representante de la iglesia.

- Un representante de los educadores, designado por la asociación sindical de educadores que acredite mayor número de afiliados.

- Un representante de los directivos docentes, designado por la asociación de directivos docentes que acredite mayor número de afiliados.

- Un secretario de Educación Departamental o el funcionario que haga sus veces.

- Un representante de los profesores universitarios.

- Un representante de las centrales obreras.

- Un representante de los gremios económicos.

- Un representante de las organizaciones de padres de familia.

- Un representante de las organizaciones nacionales de los grupos étnicos.

- Un representante de los estudiantes, elegido por las organizaciones de reconocida representación de la educación por niveles y grados y la educación superior.

- Un representante de los funcionarios administrativos del servicio educativo designado por la organización que tenga el mayor número de afiliados, y

- Un representante del Comité de Linguística Aborigen.

PARÁGRAFO. Los miembros de la Junta Nacional de Educación, June, asistirán a este foro por derecho propio. Podrán participar representantes de las organizaciones que tengan relación con la educación a nivel nacional, por invitación de la Junta.

INSPECCIÓN Y VIGILANCIA

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