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Se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido Artículo 4o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido
Artículo 4o. Creación de la ruta de atención integral para las víctimas de ataques con ácidos

Créase la ruta integral para la atención integral de las víctimas de ácidos o sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano mediante la cual se deberá suministrar información y orientar a las víctimas acerca de los derechos, medidas y recursos con los que cuenta, los medios judiciales, administrativos y de atención en salud.

Se garantizará a las víctimas de ataques con ácidos o sustancias similares o corrosivas que generen daño o destrucción al entrar en contacto con el tejido humano, mecanismos para proporcionar ocupación laboral o su continuidad laboral, según el caso.

PARÁGRAFO. El Gobierno Nacional reglamentará en un plazo máximo de seis (6) meses posteriores a la expedición de la presente ley, la puesta en marcha de la ruta integral y su funcionamiento en los distintos entes territoriales.

Colombia Art. 4o Se fortalecen las medidas de protección a la integridad de las víctimas de crímenes con ácido y se adiciona el artículo 113 de la Ley 599 de 2000
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