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Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mín Artículo 15 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/05/2024

Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad
Artículo 15. Otras medidas

Los organismos y entidades que se establece a continuación ejecutarán las siguientes medidas:

 

1. El Departamento de Prosperidad Social implementará a 2030 acciones para la gestión del riesgo, la adaptación y la mitigación del cambio climático en el sesenta por ciento (60%) de sus programas.

 

2. El Ministerio de Trabajo, con el apoyo de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático, y de las entidades competentes, establecerá a más tardar a 2023 la estrategia y acciones de transición justa de la fuerza laboral en el tránsito del país hacia la carbono neutralidad, la cual tendrá como objetivo la generación de nuevas oportunidades de capacitación y formación para el trabajo, y la reducción de brechas en el acceso a empleos verdes, atendiendo de manera prioritaria las necesidades de los segmentos poblacionales más vulnerables.

 

3.  15.n.3A través de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC) y en coordinación con los Nodos Regionales de Cambio Climático, se definirá un mecanismo para generar la divulgación, reconocimiento y otros estímulos a las acciones en mitigación adelantadas por las entidades territoriales, que puedan ser destacadas como casos exitosos y que puedan aportar a la meta en mitigación de la NDC.

 

4. El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, y los demás ministerios integrantes de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático (CICC), promoverán un mayor involucramiento del sector privado en la gestión del cambio climático, mediante mecanismos para la divulgación, reconocimiento y otros estímulos a las acciones en mitigación adelantadas por empresas y gremios, que puedan ser destacadas como casos exitosos y que puedan aportar a la meta en mitigación de la NDC, y gestionará adicionalmente esquemas de acuerdos voluntarios, acuerdos de cero deforestación y otros compromisos público-privados para la gestión del cambio climático. En el marco de la Comisión Intersectorial de Cambio Climático se evaluarán acciones que promuevan la articulación y coordinación de mecanismos para el monitoreo, seguimiento y divulgación de los acuerdos voluntarios.

 

5. Todas las entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder Público del orden nacional, de los sectores central y descentralizado; el Congreso de la República; la Corte Constitucional, la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el Consejo Superior de la Judicatura, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial, el Consejo de Gobierno Judicial, la Gerencia de la Rama Judicial; la Fiscalía General de la Nación; las Fuerzas Militares de Colombia; la Registraduría Nacional del Estado Civil; el Consejo Nacional Electoral; el Banco de la República; la Comisión Nacional del Servicio Civil; las Corporaciones Autónomas Regionales y las Autoridades Ambientales Urbanas; los institutos de Investigación del Sistema Nacional Ambiental (SINA); los entes universitarios autónomos; la Procuraduría General de la Nación; la Defensoría del Pueblo; la Contraloría General de la República y la Auditoría General de la República, cuantificarán su inventario corporativo de emisiones de GEI, en lo que respecta a sus sedes principales, y establecerán planes de acción para alcanzar la carbono neutralidad a más tardar en 2030.

 

6. La Consejería Presidencial de Asuntos Económicos, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Ministerio de Hacienda, el DNP y los institutos de investigación del SINA, bajo el liderazgo del DANE, definirán, partiendo de las competencias institucionales, los roles y la hoja de ruta requerida para continuar con los procesos de implementación del Sistema de Contabilidad Ambiental y Económica (Marco Central) y para dar inicio a los procesos de implementación del Sistema de Contabilidad Ambiental y Económica (contabilidad de ecosistemas), a fin de garantizar la integración del medio ambiente y los servicios ecosistémicos con las cuentas nacionales.



Colombia Art. 15 Se impulsa el desarrollo bajo en carbono del país mediante el establecimiento de metas y medidas mínimas en materia de carbono neutralidad y resiliencia climática y se dictan otras disposiciones
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Haciendo una analogía a partir de lo que ha indicado la Superintendencia financiera sobre los inmuebles en los que funcionan los cajeros, se puede plantear que la protección indicada acá se extiende a todo tipo de establecimientos de comercio y no únicamente al local comercial. Así las cosas, inmuebles arrendados para oficinas, bodegas, fábricas, plantas, antenas y en general cualquier inmueble que se arriende para que funcione una parte de una empresa o negocio, se debe aplicar el art 518 al 524 de cod de comercio. Lo contrario implicaría generar incertidumbre en el ámbito comercial, que es lo que estos artículos quieren evitar.


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Buenas tardes, si un menor se 14 años tiene relaciones con su novia de 13 años desde hace varios meces, con la ayuda de los padres de la niña. Le permiten a mi hijo que se encierre con la niña en su casa y los padres de la niña lo niegan cuando preguntamos por él y se enojan si vamos a buscarlo. ¿Que podemos hacer a nivel legal para darle fin a esta citación?. Muchas gracias


El artículo 29 de la Constitución Política de Colombia establece que nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo hecho, y en este caso al tratarse del hecho de conducir sin SOAT, puedes solicitar en la audiencia contravencional que te exoneren del pago de la fotomulta porque ya pagaste una multa en relación al mismo hecho y basado en este artículo no te pueden juzgar de nuevo en relación al mismo hecho.


Si un automóvil se moviliza sin SOAT y es detenido por un guarda y se le impone la multa por esta causa, pero el mismo día la infracción es detectada por cámara de fotomulta y también se impone multa por este medio, ¿el pago de la multa impuesta por guarda de tránsito, exonera del pago de la multa impuesta por la cámara?


hola, si un arrendatario que lleva mas de 10 años ocupando un bien comercial (oficina), y dicho contrato se renueva cada 2 años (periodos de 2 años), y el contrato se acaba de renovar hace 2 meses, y dicho arrendatario decide terminar unilateralmente el contrato sin justa causa, informandole al arrendador que devolvera la oficina en un plaza de 30 dias a partir de la notificación, que puede hacer el arredador? tiene derecho a indemnización aun cuando esta no esta pactada en el contrato? solamente se incluye una clausula penal de 1 canon de arriendo... en ese caso como puede el arrendador cubrirse del perjuicio que esto le causa al tener compromisos previamente adquiridos?


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