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Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena Artículo 8o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena
Artículo 8o. Centro de investigación

En el Municipio de Honda, donde una falla geológica en el lecho del río, marca la división entre el alto y medio Magdalena; será instalado un Centro de Investigación Científica, acto para estudiar y elaborar proyectos de interés en esa área del río, así como para el estudio del mismo. Al efecto, la Corporación adquirirá los bienes y elementos que requiera dicho centro.

PARÁGRAFO 1o. El Centro de Investigación anteriormente ordenado en el presente artículo, se complementará con la dotación y ampliación de la biblioteca anexa al Museo del Río, especializada en estudios e información sobre el mismo y su valle, así como con la creación de un banco de datos e información geográfica del río. Se dará apoyo financiero al Museo del Río que hoy funciona en el cuartel de la Seiba propiedad del Municipio de Honda, con el fin de adecuarlo arquitectónicamente y dotarlo, de manera que contribuya a la divulgación histórica y científica del pasado, presente y futuro del Río Magdalena.

PARÁGRAFO 2o. El actual laboratorio de ensayos hidráulicos de las flores, dependiente de la Dirección de Navegación y Puertos del Ministerio de Transporte, en Barranquilla, será asumido y utilizado igualmente como centro de investigación científica de la Corporación, para el estudio y diagnóstico de los principales problemas hidráulicos del Río Magdalena y sus derivaciones navegables.

Colombia Art. 8o Se organiza la Corporación Autónoma Regional del Río Grande de la Magdalena, se determinan sus fuentes de financiación y se dictan otras disposiciones
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Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.


podrian por favor informarme si despues de haberse presentado una liquidacion de credito sobre cuotas de adminsitracion y habiendo sido objetada el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidacion de credito el Juzgado corre nuevamente trasladodel art. 110 del CGP de esa liquidacion de aacuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situacion posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriedno el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboracion.


Buenos días

Al final del articulo 137 del cgp, la frase: en caso contrario el juez la declarará.

Se refiere a cuando el auto NO se le notifica al afectado o una vez notificado, dicha parte no alega la nulidad,

El juez, al advertir la nulidad por falta de notificación al actual propietario del bien dado en garantía, declarara la nulidad de lo actuado y luego notifica el mandamiento de pago al afectado,

Al declarar la nulidad, opera la prescripción, si prescribe la hipoteca el juez la declarara prescrita

Muchas gracias 



Se considera una actividad mercantil o no mercantil prestar contratar una conferencia o un taller de formación para el talento humano en alguna entidad pública o en una institución educativa?


La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.


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