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Se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la semana de la seguridad socia Artículo 7o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la semana de la seguridad social
Artículo 7o.

En el marco de celebración de la semana de la Seguridad Social, el Ministerio de Salud y Protección Social rendirá informes ante las Comisiones Séptimas de la Cámara de Representantes y el Senado de la República sobre los avances y resultados en materia de cobertura, calidad y atención en salud, así como los avances en las políticas en materia laboral y pensional y de servicios sociales.

De igual manera, en el marco de la celebración de la semana de Seguridad Social la Superintendencia Financiera y la Superintendencia de Salud, rendirán informes ante las Comisiones Séptimas de la Cámara y Senado sobre los estados, avances y resultados de los procesos y sanciones que se deriven por parte de los actores del Sistema General de Seguridad Social que son sujetos de su vigilancia y control por cuenta del ejercicio de sus competencias.

Colombia Art. 7o Se promueve la cultura en seguridad social en Colombia, se establece la semana de la seguridad social, se implementa la jornada nacional de la seguridad social y se dictan otras disposiciones
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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