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Se reglamenta el Fondo de Compensación Interministerial Artículo 5o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se reglamenta el Fondo de Compensación Interministerial
Artículo 5o. Responsabilidad de la ejecución de los recursos

De conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Decreto 111 de 1996, Estatuto Orgánico del Presupuesto, la responsabilidad de la ejecución de los recursos asignados a los órganos a través del Fondo de Compensación Interministerial corresponde a los respectivos ordenadores de gasto.

Colombia Art. 5o Se reglamenta el Fondo de Compensación Interministerial, creado por el artículo 70 de la Ley 38 de 1989
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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