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Se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo Artículo 15 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo
Artículo 15. Régimen de transición

Derogado por el art. 22, Ley 2162 de 2021.

El Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -Colciencias- dispondrá de un (1) año, contado a partir de la promulgación de la presente ley, para adecuar sus procedimientos y operaciones a su nueva naturaleza jurídica y estructura administrativa. En todo caso no podrá ir más allá del 31 de diciembre de 2009.

Hasta tanto se adopte la nueva estructura y planta el Departamento Administrativo de Ciencia, Tecnología e Innovación -Colciencias- continuará funcionando con la estructura y planta de personal con la que contaba Colciencias, y continuará ejerciendo las funciones señaladas al Instituto antes de la transformación.

SOBRE LA INSTITUCIONALIDAD DE LA CIENCIA, LA TECNOLOGÍAY LA INNOVACIÓN.



Colombia Art. 15 Se modifica la Ley 29 de 1990, se transforma a Colciencias en Departamento Administrativo, se fortalece el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en Colombia y se dictan otras disposiciones
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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