Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros Artículo 140 Colombia
Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra
Artículo 140. Definiciones
Para los efectos de la presente Sección:
– “autoridad reguladora” significa el organismo u organismos en el sector de las telecomunicaciones encargados de la regulación de las telecomunicaciones a que se refiere la presente Sección;
– “instalaciones esenciales de telecomunicaciones” significa las instalaciones de una red y servicio público de transporte de telecomunicaciones46 que:
(a) sean suministradas en forma exclusiva o predominante por un único proveedor o por un número limitado de proveedores; y
(b) no sea factible económica o técnicamente sustituirlas con el objeto de suministrar un servicio;
– “interconexión” significa todo enlace con los proveedores que proporcionan redes o servicios públicos de transporte de telecomunicaciones47 a fin de permitir a los usuarios de un proveedor que se puedan comunicar con los usuarios de otro proveedor y tengan acceso a los servicios ofrecidos por otro proveedor;
– “proveedor importante” significa un proveedor en el sector de telecomunicaciones que tiene la capacidad de afectar materialmente los términos de participación (que tengan relación con el precio y la oferta) en el mercado relevante para los servicios de telecomunicaciones como resultado del control sobre las instalaciones esenciales o el uso de su posición en el mercado; y
– “servicios de telecomunicaciones” significa todos los servicios que consisten en la transmisión y recepción de señales electromagnéticas y no cubre la actividad económica que consiste en el suministro del contenido que requiere de las telecomunicaciones para ser transportado.
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Sobre lo que indica este art 467 del Cod General del Proceso es necesario recordar que lo que tiene que ver con garantías que recaen sobre bienes muebles aplica lo que ordena la ley 1676 de 2013.
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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