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Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros Artículo 284 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra
Artículo 284. Grupo de expertos



1. Salvo que las Partes consultantes acuerden algo distinto, una Parte consultante podrá, 90 días después del envío de una solicitud de consultas, solicitar el establecimiento de un Grupo de Expertos para examinar el asunto que no haya sido satisfactoriamente resuelto a través de las consultas gubernamentales realizadas de conformidad con el artículo 283.

2. El Grupo de Expertos seleccionado de conformidad con los procedimientos establecidos en los párrafos 3 y 4, deberá determinar si una Parte ha cumplido sus obligaciones bajo este Título.

3. A la entrada en vigor de este Acuerdo, las Partes presentarán al Comité de Comercio una lista de al menos 15 personas con experiencia en los asuntos cubiertos por este Título, de los cuales cinco no serán nacionales de ninguna de las Partes y estarán disponibles para ser presidente del Grupo de Expertos. Dicha lista será aprobada por el Comité de Comercio en su primera reunión. Los expertos serán independientes y no recibirán instrucciones de ninguna Parte.

4. Cada Parte en un procedimiento83 seleccionará un experto de la lista de expertos dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud de establecimiento del Grupo de Expertos. Las Partes en el procedimiento podrán acordar nombrar expertos no incluidos en la lista del Grupo de Expertos, cuando lo consideren necesario. Si una Parte en un procedimiento no selecciona su experto dentro de dicho período, la otra Parte seleccionará de la lista de expertos un nacional de la Parte que no haya seleccionado un experto. Los dos expertos seleccionados deberán seleccionar al presidente, quien no será nacional de ninguna de las Partes en el procedimiento. En caso de desacuerdo el presidente será seleccionado por sorteo. El Grupo de Expertos será establecido dentro de los 40 días siguientes a la solicitud de la Parte consultante.

5. Las Partes en el procedimiento podrán presentar escritos al Grupo de Expertos. El Grupo de Expertos podrá solicitar y recibir escritos u otra información de los organismos, instituciones y personas con información pertinente o conocimiento especializado, incluyendo información y escritos de las organizaciones y organismos internacionales pertinentes sobre asuntos relacionados con las convenciones internacionales y acuerdos a los que se refieren los artículos 269 y 270.

6. A la entrada en vigor de este Acuerdo, las Partes presentarán al Comité de Comercio reglas de procedimiento para el Grupo de Expertos para su adopción en la primera reunión del Comité de Comercio.



Colombia Art. 284 Acuerdo Comercial entre Colombia y el Perú, por una parte, y la Unión Europea y sus Estados Miembros, por otra
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Buenas noches:pPodrian por favor informarme si después de haberse presentado una liquidación de credito sobre cuotas de administración y habiendo sido objetada, el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidación de credito el Juzgado corre nuevamente traslado del art. 110 del CGP de esa liquidación de acuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situación posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriendo el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboración.


podrian por favor informarme si despues de haberse presentado una liquidacion de credito sobre cuotas de adminsitracion y habiendo sido objetada el Juez luego de solicitar en un auto que para mejor proveer en derecho respecto a la liquidación de crédito y objeción planteada sobre la misma, se requiere a las partes para que alleguen el certificado de cuotas de administración expedido por la representante legal de la entidad demandante, acreditando la calidad que ostenta la misma mediante documental vigente. Y una vez que la administradora presenta otra liquidacion de credito el Juzgado corre nuevamente trasladodel art. 110 del CGP de esa liquidacion de aacuerdo con el art. 446 CGP. Es esta situacion posible? cuando aun ni siquiera se ha decidido la que presento el abogado de la administradora? Por favor es Urgente porque ya esta corriedno el termino de tres dias. Muchas Gracias por su valiosa colaboracion.


Buenos días

Al final del articulo 137 del cgp, la frase: en caso contrario el juez la declarará.

Se refiere a cuando el auto NO se le notifica al afectado o una vez notificado, dicha parte no alega la nulidad,

El juez, al advertir la nulidad por falta de notificación al actual propietario del bien dado en garantía, declarara la nulidad de lo actuado y luego notifica el mandamiento de pago al afectado,

Al declarar la nulidad, opera la prescripción, si prescribe la hipoteca el juez la declarara prescrita

Muchas gracias 



Se considera una actividad mercantil o no mercantil prestar contratar una conferencia o un taller de formación para el talento humano en alguna entidad pública o en una institución educativa?


La jurisprudencia ha otorgado ya en algunas ocasiones recurso de apelación cuando se determina que a la persona procesada se le vulneraron sus derechos en audiencia virtual, al momento de leerse la condena en su contra y existieron fallas de conexión que le impidieron escucharla plenamente, lo que hace deducir que no tuvo la plena oportunidad de entenderla y consecuentemente se trunca la posibilidad de elevar recursos contra esta. Ante un alegato así, el Tribunal debe estudiar a fondo la impugnación dirigida a determinar si existieron dichas fallas.


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