Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia Artículo VI Colombia
Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia
Artículo VI.
Con el fin de desarrollar aún más el comercio entre los dos países, las Partes Contratantes facilitarán la mutua participación en ferias comerciales que se celebren en cualquiera de los países y la organización de exhibiciones de cualquiera de los países en el territorio del otro, en los términos que sean acordados entre sus respectivas autoridades competentes.
La exención de los derechos de aduana y de otros derechos similares para artículos y muestras que habrán de ser utilizadas en ferias y exhibiciones, lo mismo que su venta y disposición, se sujetará a las leyes, a las normas y a los reglamentos del país en donde dichas ferias y exhibiciones se celebren.
Colombia Art. VI Se aprueba el Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia, hecho en Santa Fe de Bogotá el catorce (14) de agosto de mil novecientos noventa y cinco (1995)
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Hola buenos días
Me pueden embargar el salario mínimo?
Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación
Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias
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