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Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia Artículo XII Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia
Artículo XII.



En cualquier momento durante la vigencia de este acuerdo, cualquiera de las Partes podrá proponer por escrito enmiendas del mismo, las que deberán ser respondidas por la otra Parte dentro de los tres meses siguientes a la fecha de recibo de dicha petición. Cualquier alteración o modificación de este acuerdo deberá hacerse de mutuo consentimiento y sin perjuicio de los derechos y obligaciones que emanen de este acuerdo con antelación a la fecha de dicha alteración o modificación hasta que dichos derechos u obligaciones se cumplan en su totalidad.

Colombia Art. XII Se aprueba el Acuerdo de Comercio entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de Malasia, hecho en Santa Fe de Bogotá el catorce (14) de agosto de mil novecientos noventa y cinco (1995)
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Hola buenos días

Me pueden embargar el salario mínimo?


Buenos días tengo una pregunta me están llamando de ágora abogados que tengo una deuda con JHC empresa a lo cual se llegó a un acuerdo del pago el cual por motivo del pago de nómina no pude realizar me pregunta es ellos me pueden embargar mi sueldo gano un mínimo y es que la empresa para la cul laboro ya a varios compañeros les an descontado sin un previo aviso o por ende una negociación


Quién ? determina el valor que se paga por la servidumbre , se hace SOBRE EL VALOR DEL IMPUESTO PREDIAL que se paga, o como ? se determina. Gracias


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