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Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Artículo 6 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Unesco
Artículo 6. Objetivos y funciones



1. El objetivo general del Centro es promover y desarrollar procesos de investigación y acción participativos, fortalecer el intercambio y transferencia de tecnología, generar mecanismos de intercambio de información en ciencia y tecnología y fortalecimiento de capacidades en los países de América Latina y el Caribe, para contribuir a la gestión integrada de los recursos hídricos, bajo enfoques que puedan ser replicables y adaptables a las necesidades de los países de la región.

2. Los objetivos específicos son:

a) Promover la investigación sobre los distintos aspectos relacionados con la gestión del agua en las zonas urbanas, teniendo en cuenta las necesidades de los países de la región;

b) Suministrar a los Estados Miembros asistencia técnica y científica en lo que atañe a la gestión integrada de los recursos hídricos en las zonas urbanas;

c) Establecer conductos de comunicación para el intercambio de conocimientos, tecnología e información entre los países de la región, habida cuenta que ese intercambio representa un factor clave para mejorar las capacidades operacionales de gestión;

d) Promover la creación de capacidades institucionales en los países de la región mediante la educación, la formación y la investigación científica y técnica;

e) Fortalecer la cooperación y la creación de redes en el plano internacional y regional;

f) Mejorar las capacidades locales, promoviendo la participación de instituciones y redes nacionales, regionales e internacionales en las actividades del Centro, y

g) Elaborar y aplicar reglamentaciones, así como instrumentos económicos y financieros y mecanismos de mediación que puedan contribuir a la solución de conflictos y al desarrollo sostenible en la región.

3. Las funciones del Centro serán:

a) Actuar como punto focal de conocimiento especializado sobre la gestión integrada del agua en las zonas urbanas de América Latina y el Caribe;

b) Facilitar las actividades de investigación y cooperación dentro de la región de América Latina y el Caribe sobre la gestión integrada del recurso hídrico en zonas urbanas, aprovechando las redes existentes, especialmente la red del Programa Hidrológico Internacional;

c) Sistematizar conocimiento e información para la producción de materiales educativos y de capacitación considerando el contexto específico de la región;

d) Desarrollar un programa de fortalecimiento de capacidades en el campo de la gestión integrada del agua en zonas urbanas, aprovechando los programas académicos existentes en universidades e instituciones de la región;

e) Suministrar servicios de asesoría y asistencia técnica en la región en los países que lo requieran, especialmente en la formulación de políticas públicas, las regulaciones y el manejo de conflictos en el campo de trabajo del Centro.

4. El Centro cumplirá sus objetivos y desempeñará las funciones antes enunciadas en estrecha colaboración con las entidades nacionales y de la región, encargadas del tema y los Estados Miembros y Miembros Asociados de la Organización y demás entidades intergubernamentales que deseen cooperar con él.

Colombia Art. 6 Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de Colombia y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco), relativo al establecimiento del Centro Regional sobre la Gestión del Agua en las Zonas Urbanas para América Latina y el Caribe, bajo los auspicios de la Unesco, firmado en París el 28 de septiembre de 2007
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