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Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regu Artículo 5o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regulares
Artículo 5o. Designación y autorización de operación



1. Cada una de las Partes Contratantes podrá designar una o más aerolíneas para efectos de operación de los servicios acordados. Dicha designación se hará en virtud de una notificación escrita entre las autoridades aeronáuticas de ambas Partes Contratantes.

2. Cuando se reciba dicha designación y una solicitud de las aerolíneas designadas, la autoridad aeronáutica de la otra Parte Contratante, dará sin demora a las aerolíneas designadas la Autorización de Funcionamiento correspondiente, con la condición de que:

a. dichas aerolíneas tengan su centro de actividad principal en el territorio de la Parte Contratante que las designa y que tengan un Certificado de Operadores Aéreos (COA) válido expedido por la Parte Contratante que las designa:

b. dichas aerolíneas tengan una Licencia de Funcionamiento válida de conformidad con las leyes aplicables de la otra Parte Contratante:

c. el control reglamentario efectivo de dichas aerolíneas sea ejercido y mantenido por la Parte Contratante que las designa;

d. la Parte Contratante que designa a dichas aerolíneas cumpla con las disposiciones establecidas en el Artículo 7 (Seguridad de la Aviación) y el Artículo 8 (Seguridad Aérea);

e. las aerolíneas designadas estén calificadas para satisfacer otras condiciones prescritas por las leyes y regulaciones que normalmente son aplicadas a la operación de servicio aéreo internacional por dichas autoridades, de conformidad con las disposiciones del Convenio.

3. Una vez reciban la Autorización de Funcionamiento prevista en el Inciso 2 de este Artículo, las aerolíneas designadas podrán operar en cualquier momento los servicios acordados.

Colombia Art. 5o Se aprueba el Acuerdo entre la República de Colombia y la Confederación Suiza relativo a los servicios aéreos Regulares, suscrito en Bogotá, el 3 de agosto de 2016
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