Se aprueba el Acuerdo General de amistad y Cooperación entre la República de Colombia y Rumania, suscrito en Santa Fe de Bogotá, D.C., el 5 de agosto de 1993 (Acuerdo General de amistad y Cooperación entre la República de Colombia y Rumania) Colombia
Acuerdo General de amistad y Cooperación entre la República de Colombia y Rumania
- Artículo 1o. Las Partes se comprometen a desarrollar la cooperación bilateral en...
- Artículo 2o. Ambas Partes acuerdan crear una Comisión Binacional Colombo-Rumana...
- Artículo 3o. Las Partes podrán crear subcomisiones especializadas en los campos...
- Artículo 4o. La Comisión Binacional procurará orientar, promover, coordinar...
- Artículo 5o. Las Partes convienen que este Acuerdo constituye el marco institucional que...
- Artículo 6o. Las Partes acuerdan ampliar su diálogo político, especialmente...
- Artículo 7o. Las Partes afirman su deseo de ampliar y reforzar la cooperación...
- Artículo 8o. Las Partes acuerdan estimular el desarrollo de los sectores productivos y de...
- Artículo 9o. Las Partes acuerdan que para impulsar y fomentar las relaciones...
- Artículo 10. Las Partes Contratantes se concederán recíprocamente las...
- Artículo 11. Las Partes manifiestan su disposición para apoyar de conformidad con...
- Artículo 12. Las Partes actuarán para fortalecer la cooperación en el...
- Artículo 13. Ambas Partes reconocen que uno de los principales instrumentos en las...
- Artículo 14. Las Partes examinarán la posibilidad de adherirse a acuerdos...
- Artículo 15. Las Partes promoverán la cooperación técnica,...
- Artículo 16. Ambas Partes estimularán y desarrollarán dicha...
- Artículo 17. Las Partes apoyarán y facilitarán la cooperación entre...
- Artículo 18. Con el fin de mejorar el conocimiento de la cultura de cada país por...
- Artículo 19. Con miras a una mayor comprensión y conocimiento de sus culturas y...
- Artículo 20. Las Partes fomentarán el intercambio de material de información...
- Artículo 21. Con el fin de estimular el desarrollo del deporte en ambos países, las...
- Artículo 22. Con el fin de coordinar e impulsar las actividades y el cumplimiento de las...
- Artículo 23. El presente Acuerdo entrará en vigor en la fecha de la última...
- Artículo 24. El presente Acuerdo tendrá una duración de cinco años,...
Otras regulaciones
Acuerdo Internacional del Café de 2007 Se expide el Régimen para las Áreas Metropolitanas Se dictan disposiciones sobre amnistía, indulto y tratamientos penales especiales Convenio Sobre la Responsabilidad Internacional por Daños Causados por Objetos Espaciales La República de Colombia se asocia a los 20 años de fundación de la Universidad de la Guajira y se autorizan unas inversionesMejores juristas
Abogados Colombia - Universidad NacionalWORK-ABG 3043915730
Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Norman Agudelo
De la ley 522 CPM una vez finalizada la audiencia de corte marcial que plazo tiene el juez para dar lectura al fallo o su equivalente
En caso de declaración de indignidad ¿cuánto tiempo hay para declarar la misma?
En el caso de la restitución de los frutos que se recibieron como efecto de una promesa de compraventa que finalmente se declaró nula, es necesario aclarar que la nulidad retrotrae las cosas a su estado anterior, es decir, a como estaban antes de existir el contrato nulo. En estos casos, se debe tener en cuenta la buena o mala fe únicamente para determinar si los frutos son reclamables o no (si se actuó con buena fe no se deben devolver los frutos, pero si se actuó con mala fe por parte del comprador, sí se deben restituir), es decir, que la mala fe no se usa para saber desde cuándo se deben los frutos, pues ya es claro en Colombia que estos se deben desde la fecha a partir de la cual se celebró el contrato nulo y como efecto de este se tomó posesión del bien, se realizó la entrega o se dio cumplimiento a la obligación contenida en el contrato.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
me Podrían dar mas explicación sobre el artículo 260
Cuando se quiere dejar sin efectos una escritura pública por que le faltan alguno de sus requisitos, es importante diferenciar la llamada "nulidad formal de los instrumentos públicos" que indica el Decreto 960 de 1970, de la nulidad absoluta sustancial del contrato por falta de requisitos, que establece este art 1740 del Cód Civil. // Como durante el proceso de perfeccionamiento de una escritura puede incurrirse en nulidad, porque no se da cumplimiento a sus requisitos esenciales o se pueden ocurrir irregularidades de menor entidad desde el punto de vista formal, el Decreto 960 habla en su Título III a la "Invalidez y Subsanación de los Actos Notariales". De los primeros, se ocupa en forma específica el artículo 99 del Decreto en mención, casos en los cuales se juzga el vicio de que se trate, con la invalidez del acto notarial en cuestión. En cuanto a las demás irregularidades, éstas pueden ser objeto de subsanación, enmienda o corrección, y de ello se ocupan las restantes normas del Título III del decreto 960. Esto cuando a pesar de haberse cumplido los requisitos esenciales de la escritura, por una circunstancia ajena a las partes, esta no alcanzó a nacer a la vida jurídica. Por ejemplo cuando el notario no la firmó porque se retiró del cargo, en tal caso, quien ocupe el nuevo cargo podrá suscribir con posterioridad el documento para elevarlo a la categoría de escritura pública, previa autorización de la Superintendencia de Notariado y Registro.
Dirección: CALLE 12 B No. 7-80 y CALLE 135C No. 10-25 (CITA PREVIA)
Email: [email protected]
Sitio web: https://www.linkedin.com/company/abogados-colombia
WhatsApp: 573166406899
facebook.com/abogadoscolombiaun
Atendemos a nivel nacional. TEL 3166406899. Civil, familia, laboral, penal, propiedad horizontal...
Publique la información de sí mismo
- Eso es gratís
- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio
- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día
- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios