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Acuerdo relativo al Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, y sus Estatut Artículo 5o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/03/2025

Acuerdo relativo al Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, y sus Estatutos
Artículo 5o.

Son miembros del CLAD aquellos países latinoamericanos, del Caribe y de la Península Ibérica que hayan suscrito los correspondientes acuerdos de ingreso, siguiendo los procedimientos establecidos en la estipulación Octava del Acuerdo Constitutivo del Centro y en este Estatuto.

Párrafo I. Los derechos y obligaciones de los países miembros se inician a partir de la firma del Convenio Constitutivo. Por razones especiales y por consentimiento de las partes podrá diferirse este ejercicio para una fecha posterior, que deberá estipularse expresamente.

Párrafo II. Para el caso de que un país miembro del CLAD decida retirarse de este organismo, deberá comunicarlo formalmente al Presidente del Centro. El retiro del país miembro comenzará a surtir efecto una vez transcurrido un año a partir de la fecha de entrega de la comunicación indicada anteriormente.

Colombia Art. 5o Se aprueba el Acuerdo relativo al Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo, CLAD, y sus Estatutos, firmado en Caracas, el 30 de junio de 1972
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En el caso de la junta directiva de un sindicato, el número de curules o cargos a proveer corresponde a los miembros principales de la junta directiva, no a los suplentes. Esto se debe a que los suplentes no son considerados como curules a proveer, sino como reemplazos en caso de ausencia de los principales. Por lo tanto, el cálculo del cociente electoral debe hacerse únicamente con base en el número de miembros principales de la junta directiva. En este caso, 5. 


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Fui despedido sin justa causa, se envió correo con terminación de contrato el día 24 de Febrero, hasta el día 26 se hizo el paz y Salvo de las herramientas de trabajo.

Aún se aplica por ley los 15 días que tiene una empresa para pagar la liquidación o no tienen por ley un periodo definido?

De ser así desde que día comenzaría a contar dicho periodo, desde el 26 o 24 de febrero y podría exigir días de pago por mora?


Buenas tardes , q pasa si mi preaviso de terminación de contrato dice la fecha exacta y me sacan un día antes


Si se trabaja un día cívico, se toma este como un día festivo y se pagan horas extra de esta manera?


La Ley 797 de 2003, que modificó el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, también consagra la terminación del contrato por reconocimiento de la pensión, aplicable tanto en el sector privado como en el público.El reconocimiento de la pensión debe ser efectivo y por tanto ya debe haberse realizado la inclusión en nómina de pensionados, asegurando que no exista solución de continuidad entre el retiro laboral y el disfrute de la pensión. 


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