Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines Artículo XXX Colombia
Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines
Artículo XXX. Enmiendas
1. Cualquiera de las Partes podrá proponer enmiendas a este Acuerdo mediante la entrega al Depositario del texto de la enmienda propuesta al menos sesenta días antes de una Reunión de las Partes. El Depositario deberá remitir copia de este texto a las demás Partes.
2. Las enmiendas a este Acuerdo que sean adoptadas por consenso en una Reunión de las Partes, entrarán en vigor en la fecha en que todas las Partes hayan depositado su instrumento de ratificación, aceptación o aprobación con el Depositario.
3. A menos que las Partes decidan otra cosa, los Anexos de este Acuerdo podrán ser enmendados, por consenso, en cualquier Reunión de las Partes. A menos que se acuerde otra cosa, las enmiendas a un Anexo entrarán en vigor para todas las Partes al momento de su adopción.
Colombia Art. XXX Se aprueba el Acuerdo sobre el Programa Internacional para la Conservación de los Delfines, hecho en Washington, D. C., el veintiuno (21) de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998)
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El Código General del Proceso en su artículo 376 indica el procedimiento que se debe adelantar en caso de que haya la necesidad de una servidumbre y el propietario del predio que debería permitir el paso, no desee hacerlo de manera voluntaria.
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Aunque los procesos divisorios y los de rendición de cuentas tienen objetivos distintos, en los casos donde la rendición de cuentas está directamente relacionada con la administración que se realizó del bien común, es procedente tramitarla dentro del proceso divisorio.
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cual seria el procedimiento en una riña
Buen día, me están solicitando un inventario solemne, por matrimonio civil. Mi hija de 17 años, a pesar de que no se le administran bienes o recursos, siendo que mi conyugue no es padre de la menor, la notaria exige el documento por un precio irrisorio, que ronda por los 900.000, bajo esta premisa es necesario si a pesar de todo no se manejan bienes de parte de la menor y si así fuera ¿es legal el cobro tan excesivo de este documento?
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