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Código Civil Artículo 1304 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Civil
Artículo 1304. Definicion de beneficio de inventario

El beneficio de inventario consiste en no hacer a los herederos que aceptan, responsables de las obligaciones hereditarias o testamentarias, sino hasta concurrencia del valor total de los bienes, que han heredado.

Colombia Art. 1304 CC
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Los comentarios de los usuarios

El art 1304 del cod civil habla del derecho a recibir una herencia con beneficio de inventario, al respecto es bueno indicar que apenas se se ejerza cualquier acto como heredero, se pierde el derecho de aceptar la herencia con beneficio de inventario. Es decir, antes de iniciar cualquier tipo de actuación formal como heredero, toca dejar claro que se hace con beneficio de inventario, de lo contrario ya luego no se puede decir nada al respecto. Igualmente se puede perder el beneficio de inventario si la persona esconde intencionalmente algún bien que deba entrar en la herencia.


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