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Código Civil Artículo 1592 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/03/2024

Código Civil
Artículo 1592. Definicion de clausula penal

La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o retardar la obligación principal.



Colombia Art. 1592 CC
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Los comentarios de los usuarios

para un contrato de corretage es legal esta clausula ;reconoce que toda la información a la que haya tenido acceso para la ejecución del presente contrato ya sea relacionada con el propio servicio plasmado en el objeto o relacionada con la actividad u organización del proponente, tiene carácter de confidencial. De esta forma, EL CORREDOR se compromete a no divulgarla ni usarla a motu proprio y a mantener la más estricta confidencialidad respecto de dicha información, advirtiendo en su caso, de dicho deber de confidencialidad y secreto con terceros, si es el caso empleados y asociados. PARAGRAFO: En todo caso si alguna de las partes contractuales llegare a incumplir alguna de las cláusulas del presente contrato, se actuará conforme al artículo 1592 y siguientes del código civil colombiano.

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Cordial saludo,

A su pregunta: "Mi pregunta es yo hice una comprar de un plan para vacacionar dónde me daban ciertos descuentos pero firme un contrato donde dice lo del código civil me cobrarían el 40,% del valor de la compra yo me retrate a las horas de haber hecho la compra es justo que me cobren ese porcentaje muchas gracias"

Respondemos: No es legal. Debe quejarse ante la SIC.


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CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.

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Buena tarde

Mi pregunta es yo hice una comprar de un plan para vacacionar dónde me daban ciertos descuentos pero firme un contrato donde dice lo del código civil me cobrarían el 40,% del valor de la compra yo me retrate a las horas de haber hecho la compra es justo que me cobren ese porcentaje muchas gracias

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Cordial saludo

Ante la pregunta: "...Buenas tardes mi pregunta seria si uno toma un plan de Internet por medio de un móvil y no me ablaron en ese preciso instante de clasulas de permanecia llevó un mes de contrato y me quiero salir pero me dicen que tengo que pagar una multa de 500.000 es obligatorio pagar? Gracias..."

Respondemos: En Colombia ya no existen las clausulas de permanencia para operadores de celular y/o servicios hogar, se puede iniciar la reclamación y el proceso ante la Superintendencia de industria y comercio.


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CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.

Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

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Cordial saludo,

A su pregunta: "Buenas tardes mi pregunta seria si uno toma un plan de Internet por medio de un móvil y no me ablaron en ese preciso instante de clasulas de permanecia llevó un mes de contrato y me quiero salir pero me dicen que tengo que pagar una multa de 500.000 es obligatorio pagar? Gracias"

Respondemos: Depende del contrato que se haya firmado.

Atentamente,

Mario Montenegro


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Buenas tardes mi pregunta seria si uno toma un plan de Internet por medio de un móvil y no me ablaron en ese preciso instante de clasulas de permanecia llevó un mes de contrato y me quiero salir pero me dicen que tengo que pagar una multa de 500.000 es obligatorio pagar? Gracias

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