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Código Civil Artículo 792 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 21/03/2023

Código Civil
Artículo 792. Recuperacion de la posesion

El que recupera legalmente la posesión perdida se entenderá haberla tenido durante todo el tiempo intermedio.

DE LAS LIMITACIONES DEL DOMINIO Y PRIMERAMENTE DE LA PROPIEDAD FIDUCIARIA

Colombia Art. 792 CC
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SALUDOS

Desde finales del mez de Marzo, hasta el mes de Mayo, esta organización adelantara procesos de Anulación de multas de Tránsito, cobrando solo el 10% por concepto de honorarios.

Informale a toda tu comunidad, tener multas afecta tus tramites crediticios, laborales, economicos, y la inscripcion de la propiedad de un vehiculo.

#APAZYSALVOCONLASMULTAS


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Saludos.

La transaccion es un modo de extincion de las obligaciones civiles, que es causal de terminacion atipica o anticipada del proceso.


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Saludos.

La mutilacion fisica de la notificacion, no implica ningun efecto legal de beneficio o afectacion, siempre que el contendio escrito sea apreciable, legible y entendible.


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Saludos.

Esta es una norma Penal en blanco que establece el precepto pero no la sancion, al remitir a la lectura de articulos siguientes


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Saludos, es importante establecer comunicacion con su representante, ya que median intereses economicos y profesionales de por medio, en procura de la suscripcion de un Paz y Salvo que le expida su abogado, y habilite en el futuro la introduccion al proceso de otro apoderado.


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