C Cio Artículo 107 Colombia
Código de Comercio
Artículo 107. Error de hecho, error sobre la especie de sociedad - vicio del consentimiento
El error de hecho acerca de la persona de uno de los asociados viciará el consentimiento cuando el contrato se celebre en consideración a la persona de los mismos, como en la sociedad colectiva respecto de cualquiera de ellos, y en la comanditaria respecto de los socios gestores o colectivos. El error sobre la especie de sociedad solamente viciará el consentimiento cuando ésta sea distinta de la que el socio entendió contraer y, a consecuencia del error, asuma una responsabilidad superior a la que tuvo intención de asumir, como cuando entendiendo formar parte de una sociedad de responsabilidad limitada se asocie a una colectiva.
Colombia Art. 107 CCom, CDC, C Co
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Johanna Pinto
Asesoría jurídica Daniel
Montenegro Galindo Abogados
Cordial saludo
Ante su pregunta: "...Buenos días, tuve una libranza con un fondo de empleados hace 10 años, y ahora una empresa que compra carteras me va a embargar el sueldo, esto es posible?..."
Respondemos: ¿Cuanto fue la ultima vez que se hizo gestión de cobro por parte del fondo? y ¿sabe cuando la casa de cobranzas obtuvo dicho deuda?, con gusto podemos estudiar su caso, y evitar que se llegue a una demanda ejecutiva si todavía por términos es posible que le hagan exigibilidad del cobro.
Email: [email protected]
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CONTÁCTENOS, por Whastapp, llamada o correo, podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, con gusto, Su Aliado Legal Estratégico.
Atentamente,
Kevin Prieto Malaver
Socio Fundador
Cordial saludo,
A su pregunta: "Buenos días, tuve una libranza con un fondo de empleados hace 10 años, y ahora una empresa que compra carteras me va a embargar el sueldo, esto es posible?"
Respondemos: Es posible, pero para saber si está legalmente hecho necesitamos estudiar la demanda que le realizó la empresa que compra cartera, y ahí determinamos el mejor camino que usted debería seguir.
Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601
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Buenos días, tuve una libranza con un fondo de empleados hace 10 años, y ahora una empresa que compra carteras me va a embargar el sueldo, esto es posible?
Muchas gracias por su respuesta.
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