Imprimir

Código de Procedimiento Penal Artículo 266 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 01/10/2024

Código de Procedimiento Penal
Artículo 266. Destino de macroelementos

Salvo lo previsto en este código en relación con las medidas cautelares sobre bienes susceptibles de comiso, los macroelementos materiales probatorios, mencionados en este capítulo, después de que sean examinados, fotografiados, grabados o filmados, serán devueltos al propietario, poseedor o al tenedor legítimo según el caso, previa demostración de la calidad invocada, siempre y cuando no hayan sido medios eficaces para la comisión del delito.



FACULTADES DE LA DEFENSA EN LA INVESTIGACIÓN.

Colombia Art. 266 CPP
Hacer una pregunta en los comentarios
Artículo 1o ...264 265 266 267 268 ...564

Ver el artículo
Los comentarios de los usuarios

Cordial saludo,

A su pregunta: "Se realizó procedimiento en una mina de oro donde habían dos excavadoras y no se pudo llegar a la destrucción de la mismas teniendo en cuenta que la comunidad se subió a las mismas y esta cuanta con una solicitud de formalizacion minera, se realizó la incautacion y se dejó en custodia de su mismo propietario el cual mostró documentación de las mismas, y se dejó a disposición de Fiscalía. Los elementos no se pudieron trasladar tenkenldo en cuenta que se encontraban en sona boscosa lejos de lo rural, Que tal el procedimiento?

Respondemos: No comprendo su pregunta, ¿Nos la podría reformular?

Atentamente,

Abogado Mario Montenegro


Dirección: Carrera 6 #11-87 oficina 601

Email: [email protected]

Sitio web: www.montenegrogalindo.com

WhatsApp: 573057709651

facebook.com/montenegrogalindoabogados

CONTÁCTENOS. Somos abogados egresados de la Universidad Nacional de Colombia con más de 20 años de experiencia defendiendo a los ciudadanos.

Para ayudarle con profundidad y que lo guiemos: LLÁMENOS o ESCRÍBANOS, a nuestro teléfono, email o WhatsApp.

0   0

Buenas tardes, pregunta.

Se realizó procedimiento en una mina de oro donde habían dos excavadoras y no se pudo llegar a la destrucción de la mismas teniendo en cuenta que la comunidad se subió a las mismas y esta cuanta con una solicitud de formalizacion minera, se realizó la incautacion y se dejó en custodia de su mismo propietario el cual mostró documentación de las mismas, y se dejó a disposición de Fiscalía. Los elementos no se pudieron trasladar tenkenldo en cuenta que se encontraban en sona boscosa lejos de lo rural, Que tal el procedimiento?

Igualmente se tiene en cuenta el Plan de desarrollo ley 1955 de 2019 

Artículo 325: trámites de solicitudes de formalización minera

0   0



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse