Código de Régimen Departamental Artículo 282 Colombia
Código de Régimen Departamental
Artículo 282.
Son funciones de las juntas o consejos directivos: a) Formular la política general del organismo y los planes y programas que deben incorporarse a los planes generales de desarrollo del Departamento.
b) Adoptar los estatutos de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobación del Gobierno Departamental.
c) Determinar la organización interna de la entidad mediante la creación de las dependencias o unidades administrativas a que hubiere lugar y el señalamiento de sus funciones.
d) Aprobar el presupuesto anual del respectivo organismo.
e) Controlar el funcionamiento general de la organización y verificar su conformidad con la política adoptada, y
f) Las demás que les señalen los actos de creación o sus respectivos estatutos.
Colombia Art. 282 Código de Régimen Departamental
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un contribuyente persona natural que se declara en insolvencia y es favorecido por la ley, como declara en su declaración de renta en la sesión de patrimonio, los pasivos que fueron condonados.
Este delito ocurre únicamente de manera dolosa, es decir que no se condena a quien ingresa o se mantiene dentro de un sistema por culpa o sin intención. Existen diversas modalidades de ejecución de este delito, como el uso de ingeniería social, software malicioso, phishing, vishing, smishing, explotación de vulnerabilidades, SIM swap etc. El Convenio de Budapest establece estándares para la protección de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de los sistemas informáticos en el mundo y ha servido como marco para delimitar los elementos del tipo penal en Colombia.
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Buenas noches
??
Mi eps salud total me esta cobrando $ 74.400 de multa por inasistencias y me niegan el servicio a citas médicas, cuando yo pertenezco al régimen subsidiado poblacion vulnerable sisben c 9 y no pago cuota moderadora.
Me están negando mi derecho fundamental a la salud que puedo hacer?? ya que hace año y medio que no tengo empleo y no tengo los medios para pagar.
Ayudaaa
Hola, tengo una duda. Me impusieron un comparendo tipo 4 de convivencia y no estuve de acuerdo, hice el curso que debía hacer pero no hice el pago nunca porque no estuve de acuerdo, quise apelar pero me di cuenta de la citación tres meses después. Hoy en día me congelaron una cuenta de ahorros que no uso, sin embargo debo pagar para que no sigan embargando mas mis cuentas. Si no tengo el dinero ahorita para pagar ¿Cómo puedo llegar a un acuerdo de pago?. Fui a la secretaria de hacienda por cobro no tributario y me dicen que no, que debo pagar la totalidad de la deuda o si no, me seguirán subiendo los intereses, como puedo hacer?
¿Cuál es la diferencia entre un bien y una cosa según el código civil (colombiano)?
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Código Sustantivo del Trabajo Artículo 454. Personas que no pueden se arbitros Código Iberoamericano de Seguridad Social Artículo 80. Medidas Sanitarias Artículo 574. Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción Artículo 28. Conocimiento, intención y propósito como elementos de un delitoPublique la información de sí mismo
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