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Código Disciplinario Único Artículo 29 Colombia


Derogado

Código Disciplinario Único
Artículo 29. Causales de extinción de la acción disciplinaria

Son causales de extinción de la acción disciplinaria las siguientes:

1. La muerte del investigado.

2. La prescripción de la acción disciplinaria.

PARÁGRAFO. El desistimiento del quejoso no extingue la acción disciplinaria.

PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA.



Colombia Art. 29 CDU
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Los comentarios de los usuarios

des pues del fallo de primera instancia en un proceso disciplinario y el proceso cumple los cinco años. y no se resuelve la apelación del fallo el proceso prescribe

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