Código Penal Artículo 134A Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/01/2021
Código Penal
Artículo 134A. Actos de discriminación
El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Colombia Art. 134A CP
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Los comentarios de los usuarios
Edgar Pabon
02/05/20 17:21:24
Cual es el objeto jurídico del artículo 134A ?
La última vez era editado: 02/05/20 17:26:00
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