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Código Penal Artículo 210-A Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Penal
Artículo 210-A. Acoso sexual

El que en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona, incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años.



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Colombia Art. 210-A CP
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Los comentarios de los usuarios

Sobre el delito de acoso sexual es importante ampliar el concepto de conducta no deseada. La conducta no deseada no significa que sea involuntaria, es decir, la víctima puede consentir una conducta y participar en ella, incluso si fuera ofensiva o censurable para la mayoría de la sociedad. El delito se comete cuando la conducta la considera no deseada. Se considera acoso sexual por ejemplo, cuando una muestra de afecto no se espera, o no se aprueba, por la otra persona. En este punto es muy importante demostrar que sí hubo consentimiento de la otra persona, preferiblemente expreso, ya que el acto sexual mismo puede ser violento incluso, pero es en el punto de no ser o si ser deseado, donde se puede determinar si se comete o no el delito.

La última vez era editado: 26/07/23 08:34:38

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Tengo una duda, estamos siendo acosadas por un compañero de nuestro salón que tiene autismo, se le está defendiendo por este hecho y en el colegio no han iniciado ningún proceso disciplinario, ¿Hasta que punto el ser autista lo protege en la ley? muchas gracias.

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soy estudiante de derecho, y un docente conto una caso jurisprudencial que me dejo con la duda.

caso lgbt

un muchacho (sujeto A) dentro de la misma empresa, y con mucho más tiempo, se acerca a varios jovenes de manera coqueta a ver quien cae, pero dos de estos 5 jovenes (sujeto ByC) lo acusan de acoso sexual, pero antes que lo sacaran de la empresa, y despues de que lo acusan, el sujeto A logra tener algo pasajero con el sujeto B y con otros del grupo.

ahora en los pliegos de cargos lo acusan de acoso sexual la cual tiene una pena privativa de libertad.

entre los testimonios los 5 jovenes manifiesta que los tocaban, y hasta hay, esta el acoso, pero si varios jovenes entre esos el sujeto B quien puso la queja, estuvo con el sujeto A de manera libre y espontanea.

la pregunta del docente, es ¿y como se cambia el fallo que este sujeto A que ah mi parecer va a ser privado de la libertad.?

agradezco su atencion y colaboracion

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