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Código Penal Artículo 213-A Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 17/03/2024

Código Penal
Artículo 213-A. Proxenetismo con menor de edad

El que con ánimo de lucro para sí o para un tercero o para satisfacer los deseos sexuales de otro, organice, facilite o participe de cualquier forma en el comercio carnal o la explotación sexual de otra persona menor de 18 años, incurrirá en prisión de catorce (14) a veinticinco (25) años y multa de sesenta y siete (67) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes.



Colombia Art. 213-A CP
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Los comentarios de los usuarios

A la pregunta "¿Por qué se considera delito, el comercio sexual con menor de 18 años, en casos como la prostitucion aunque medie el consentimiento del "trabajador sexual", cuando el mismo código penal (ley 1236 de 2008) se da via libra a los menores de 17 a 14 años a tener poder de decisión frente a su sexualidad?" Vale indicar que ambas normas pretenden proteger cosas diferentes. Nuestra ley permite que los menores entre 14 y 17 años tengan libertad sexual y exploren su sexualidad. No obstante, como siguen siendo menores de edad, y en consecuencia sujetos de protección especial, debe prevenirse la explotación sexual de menores de edad por parte de terceros malintencionados. Eso no afecta la libertad sexual de los menores, por el contrario, busca que tengan una vida sexual saludable y que no sean sometidos a la voluntad de terceros, explotándolos sexualmente con ánimo de lucro, medie o no medie su consentimiento. Es una manera de decir "Que nuestros jóvenes tengan libertad sexual, no significa que pueden hacer con ellos lo que les plazca."

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¿Por qué se considera delito, el comercio sexual con menor de 18 años, en casos como la prostitucion aunque medie el consentimiento del "trabajador sexual", cuando el mismo código penal (ley 1236 de 2008) se da via libra a los menores de 17 a 14 años a tener poder de decisión frente a su sexualidad?

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cual es el ingrediente normativo en el delito de proxenetismo con menor de edad

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Saludos.

Los delitos tienen la prescripción definida en el máximo fijado en cada articulado, sin embargo los delitos especiales, como los delitos de genocidio, lesa humanidad, y crímenes de guerra, son imprescriptibles, el Proxenetismo con menor de edad es un delito cualificado, porque involucra a sujetos de especial protección constitucional, sin embargo prescribe la acción penal para el


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  1. El delito de proxenetismo con un menor de edad tiene vencimiento con el tiempo?
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