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Código Penal Artículo 295 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Penal
Artículo 295. Falsedad para obtener prueba de hecho verdadero

El que realice una de las conductas descritas en este capítulo, con el fin de obtener para sí o para otro medio de prueba de hecho verdadero, incurrirá en multa.

Colombia Art. 295 CP
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Los comentarios de los usuarios

y que pasa si quien realiza la conducta se yerra y no logra demostrar que el hecho verdadero? y por el contrario falsifica documentos y obtiene testimonios falsos sin lograr demostrar verdad alguna?

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