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Código Penal Artículo 367C Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/04/2024

Código Penal
Artículo 367C. Porte de arma blanca

El que porte elemento punzante, cortante, cortopunzante o cortocontundente, que tenga potencialidad letal durante evento masivo o escenario masivo abierto al público, incurrirá en prisión de veinticuatro (24) meses a treinta y seis (36) meses, salvo que su tenencia esté relacionada con la práctica de una actividad, profesión u oficio lícitos.



Colombia Art. 367C CP
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Artículo 1o ...367‑A 367‑B 367C 368 369 ...476

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Los comentarios de los usuarios

Llevar una navaja suiza u otra navaja plegable como herramienta utilitaria en el día fuera de los mencionados eventos masivos, incurre también en una falta? De no ser así, está permitido la incautación por parte de los policías?

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¿Transportar un cuchillo en la maleta en el momento que me desplazo para hacer camping(el cual requiere de un cuchillo por si debo cortar algo o preparar algo con él), hacer esto es un delito?

¿Por qué yo hago camping, pero yo me desplazo a pie hasta mi objetivo, esto es un delito hacerlo?

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