Código Penal Artículo 418 Colombia
Vigente, con las modificaciones. Última actualización 11/12/2024
Código Penal
Artículo 418. Revelacion de secreto
El servidor público que indebidamente dé a conocer documento o noticia que deba mantener en secreto o reserva, incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. Si de la conducta resultare perjuicio, la pena será de dieciséis (16) a cincuenta y cuatro (54) meses de prisión, multa de veinte (20) a noventa (90) salarios mínimos legales mensuales vigentes, e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por ochenta (80) meses.
Colombia Art. 418 CP
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Los comentarios de los usuarios
Invitado
19/08/22 20:34:07
Buenas noches, alguien me puede informar donde puedo encontrar un video de ejemplo de este articulo.
Muchas gracias.
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