Código Penal Artículo 65 Colombia
Código Penal
Artículo 65. Obligaciones
El reconocimiento de la suspensión condicional de la ejecución de la pena y de la libertad condicional comporta las siguientes obligaciones para el beneficiario: 1. Informar todo cambio de residencia.
2. Observar buena conducta.
3. Reparar los daños ocasionados con el delito, a menos que se demuestre que está en imposibilidad económica de hacerlo.
4. Comparecer personalmente ante la autoridad judicial que vigile el cumplimiento de la sentencia, cuando fuere requerido para ello.
5. No salir del país sin previa autorización del funcionario que vigile la ejecución de la pena.
Estas obligaciones se garantizarán mediante caución.
Colombia Art. 65 CP
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Sobre el artículo 65 del cod de procedimiento penal que habla de las obligaciones ante la suspensión de la pena y la libertad condicional es bueno aclarar que cuando se viola alguna de estas, el juez de ejecución de penas podrá ordenar que se ejecute de inmediatamente la sentencia en todo lo que se haya suspendido, es decir, principalmente encarcelar a la persona y se hará efectiva la caución prestada, es decir, se perderá el dinero dado como fianza. Es bueno igualmente aclarar que si pasan 90 días contados a partir del momento de la ejecutoria de la sentencia en la cual se reconozca el beneficio de la condicional, la persona procesada no se presenta ante la autoridad judicial respectiva, se procederá a ejecutar inmediatamente la sentencia.
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