Código Penal Militar Artículo 544 Colombia
Código Penal Militar
Artículo 544. Impugnación de la credibilidad del testigo
La impugnación tiene como única finalidad cuestionar ante el juez la credibilidad del testimonio, con relación a los siguientes aspectos: 1. Naturaleza inverosímil o increíble del testimonio.
2. Capacidad del testigo para percibir, recordar o comunicar cualquier asunto sobre la declaración.
3. Existencia de cualquier tipo de prejuicio, interés u otro motivo de parcialidad por parte del testigo.
4. Manifestaciones anteriores del testigo, incluidas aquellas hechas a terceros, o en entrevistas, exposiciones, declaraciones juradas o interrogatorios en audiencias ante el juez penal militar de control de garantías.
5. Carácter o patrón de conducta del testigo en cuanto a la mendacidad.
6. Contradicciones en el contenido de la declaración.
Colombia Art. 544 CPM
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el pago de dominicales y festivos,que afectaciones tiene sobre otros factores de pago y en que proporcion? alfonso gonzalez , bucaramanga,3153809382
¿explicación de este articulo?
Cordial saludo,
A su pregunta: "como se notifica una demanda de levantamiento de fuero sindical. y de cuanto tiempo tiene para contestar esta demanda"
Respondemos: En principio es igual a todas las demandas laborales, en cuanto a forma y tiempo.
Atentamente,
Abogado Mario Montenegro, egresado de la Universidad Nacional de Colombia
Teléfono y/o WhatsApp 305 770 9651
Carrera 6 # 11-87 Oficina 601
contacto@montenegrogalindo.com
Cordial saludo,
A su pregunta: "Buenas noches, para un contrato de prestación de servicios existe la prorroga automática."
Respondemos: En principio, no.
Atentamente,
Abogado Mario Montenegro, egresado de la Universidad Nacional de Colombia
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Cordial saludo,
A su pregunta: "que pasa cuando, se avoca el conocimiento de una infracciòn Urbanistica pasados mas de tres años de su ocurrencia,basados en ley 1801 de 2016, es aplicable el artìculo 223 de la norma de policia? o que se debe decretar?"
Respondemos: No es aplicable en cuanto usted tiene un derecho consolidado. De tal manera, usted debe defenderse para hacer valer sus derechos y que no sea sancionado.
Atentamente,
Abogado Mario Montenegro, egresado de la Universidad Nacional de Colombia
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