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CST Artículo 160 Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 15/05/2025

Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 160. Trabajo ordinario y nocturno

1. Trabajo diurno es el que se realiza en el periodo comprendido entre las seis horas (6:00 a. m.) y las veintiún horas (9:00 p. m.).

2. Trabajo nocturno es el que se realiza en el período comprendido entre las veintiún horas (9:00 p. m.) y las seis horas (6:00 a. m.).



Colombia Art. 160 Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios

No existe un límite máximo de duración para un contrato laboral que se desarrolle exclusivamente en horario nocturno. El contrato puede ser temporal o indefinido, siempre que se respeten las normas sobre la jornada laboral, los descansos y las condiciones de trabajo. Esto incluye el pago de recargos por trabajo nocturno y el cumplimiento de las disposiciones sobre seguridad y salud en el trabajo. Así las cosas, si en un contrato laboral en concreto, se está afectando el derecho a la salud o cualquier otro derecho fundamental del trabajador, seria necesario pensar en replantear las condiciones de dicho contrato.


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Saludos, primero que todo muchas gracias por este espacio y espero que la pregunta este en el contexto de este post, me gustaría saber por cuanto tiempo puede trabajar un colaborador de noche?, porque he tenido colaboradores que han trabajado hasta 3 meses de noche con sus respectivos descansos de ley, y en su momento pregunte ese tema a RRHH, y me dijeron que no había problema, pero ahora que necesito que un colaborador continue en la noche y lleva un mes el personal de RRHH, me dice que no se puede y que debe cambiar de turno.

Atento a sus comentarios

Manuel Avendaño

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cuando comienza a regir la jornada nocturna de 7 pm a 6 am?

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La Ley 320 de 1996 por la cual Colombia integra el Convenio 171 sobre el trabajo nocturno de la OIT, indica entre otras cosas, que se deben prever servicios sociales apropiados para los trabajadores nocturnos. Esto incluye medidas de salud en el trabajo y servicios sociales específicos que sean necesarios para garantizar el bienestar de estos trabajadores. Además, antes de introducir horarios nocturnos, los empleadores están obligados a consultar con los representantes de los trabajadores sobre los detalles de los horarios y las medidas necesarias para proteger su salud.


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Buenos días, cuántas noches es permitido laborar en Colombia??

Gracias

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Las horas dominicales a cuantas horas equivalen de trabajo diario en semana o de lunes a sábado.


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Buenas noches presenta una inquietud si empiezo laboral desde 7:00 am del dia domingo y salgo el dia lunes 7:00 a.m como se reconoce esas horas suplementarias?

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Tengo un turno nocturno En mi trabajo me dicen q mi entrada es a las 7 pm hasta las 6 AM es legal esto, ya q no soy celador ni vigilante trabajo como auxiliar en una planta de producción de alimentos. Les agradecería mucho si me ayudan con esta duda gracias ! Feliz día ..

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Buenas tardes, como anteriormente di en respuesta, los turnos de seguridad privada en Colombia están regulados bajo la ley 1920 del 2018, en tanto sus turnos pueden ser divididos en horario máximo de 12 horas y el resto tasado como hora extra. En [email protected] podemos darle una solución y guía analizando el caso con base a sus hechos expuestos y acompañarlo en el proceso, tenemos los mejores especialistas y los mejores resultados, puede comunicarse también al numero 301 450 2210


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Atentamente,

Kevin Prieto Malaver

Socio Fundador

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Claro que lo es, tan solo que debe tener encuenta el porcentaje sobre el cual se le debe pagar cada hora en especifico; vendria siendo ilegal cuando sobrepasa las 48 horas semanales

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Hola buena noche mi pregunta !es legal un turno nocturno de 11:30pm a 9:30 am en seguridad privada?

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