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CST Artículo 1o Colombia


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 24/03/2024

Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 1o. Objeto

La finalidad primordial de este Código es la de lograr la justicia en las relaciones que surgen entre {empleadores} y trabajadores, dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social.



Colombia Art. 1o Código Sustantivo del Trabajo
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Los comentarios de los usuarios

por lo tanto si debe trabajar durante los 3

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Buenos días, si las 50 horas se hace en unos días determinados no es posible solicitar la compensación de días, sino el trabajo en horas extras. Los días lunes, martes y miércoles de semana santa son días laborables, solamente el día jueves y viernes de semana santa son días de fiesta de acuerdo a la normatividad laboral, por lo tanto si debe trabajar durante los 3 primeros, si presta los servicios en los 2 últimos estos deberán ser remunerados con un recargo del 75%.


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Si la jornada de trabajo semanal es de 48 horas y Yo trabajo 50 horas,puedo pedir compensación de días, en vez de horas extras?,y si mi contrato es de seis meses y entre esos meses entra semana santa,ésos días festivos si no los trabajo me los pueden descontar?

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