CST Artículo 43 Colombia
Código Sustantivo del Trabajo
Artículo 43. Clausulas ineficaces
En los contratos de trabajo no producen ningún efecto las estipulaciones o condiciones que desmejoren la situación del trabajador en relación con lo que establezcan la legislación del trabajo, los respectivos fallos arbitrales, pactos, convenciones colectivas y reglamentos de trabajo y las que sean ilícitas o ilegales por cualquier aspecto; pero a pesar de la ineficacia de esas estipulaciones, todo trabajo ejecutado en virtud de ellas, que constituya por si mismo una actividad lícita, da derecho al trabajador para reclamar el pago de sus salarios y prestaciones legales por el tiempo que haya durado el servicio hasta que esa ineficacia se haya reconocido o declarado judicialmente. Colombia Art. 43 Código Sustantivo del Trabajo
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Buenos días, mi papá falleció hace un año, el constituyó una empresa con su segunda esposa, el porcentaje para la esposa es del 52%, mi papá tenía un 16% y sus 2 hijas cada una 16%, a otra hija no la incluyó en la empresa. Cómo se haría el juicio de sucesión? Deben sumar los porcentajes de él y la esposa o solo entra al juicio de sucesión el 16% que tenía él en la empresa?
si soy un trabajador independiente y sufro un accidente en mi propia empresa se considera accidente de trabajo
Hola cordial saludo mi pregunta es qué pasa si la policía tiene mi número de cédula sin consentimiento alguno y la pasan a la dijin eso es legal o ilegal
soy representante legal de un local y pago seguridad social puedo yo como representante legal ser empleado de mi misma empresa
Buenas tardes, hace ya varios días arrendé un apartamento a través de una inmobiliaria, pero en el momento de hacer uso del inmueble este comenzó a presentar fallas en una de las tuberías de desagüe lo que está generando no solo humedades sino goteo excesivo y en la mayor parte de los casos encharcamiento en la planta de abajo. Le he comunicado este problema en varias oportunidades a la inmobiliaria y la única solución que me han brindado es enviar a su propio fontanero para que realice las reparaciones, pero estas son mediocres y no las que realmente se requieren para que el problema se detenga. Estas reparaciones se han hecho casi que una vez por semana y aun sigo sin una solución definitiva. A este punto ya me encuentro cansado de esta situación y quisiera saber si esto puede llegar a ser causal de terminación de nuestro contrato sin tener que ser penalizado, ya que por dichas fugas de agua hacen que sea realmente difícil habitar este apartamento. Muchas gracias por su atención y respuesta.
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